Trabajo aprecia causa de disolución en Tubos Reunidos y descarta fraude en el ERE

Inspección de Trabajo avala el ERE de Tubos Reunidos, aprecia causa legal de disolución por sus pérdidas y descarta fraude, dolo o coacción.

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Varias personas durante una concentración de trabajadores de Tubos Reunidos Carlos González - Europa Press

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El informe elaborado por Inspección de Trabajo sobre el Expediente de Regulación de Empleo (ERE) de Tubos Reunidos concluye que no se aprecian “indicios de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho” en la tramitación del procedimiento. El documento, al que han tenido acceso fuentes consultadas por Europa Press, constata además un “deterioro significativo” de la situación económica de la compañía, hasta el punto de existir “causa legal de disolución”.

El ERE de Tubos Reunidos fija en 242 el número de salidas voluntarias, después de que la empresa optara por no incluir en el expediente a los 41 trabajadores eventuales que habían pasado a ser fijos y que rechazaron acogerse a las medidas planteadas. De ese total, 179 empleados pertenecen al centro de Amurrio (Álava) y 63 a la planta de Trapagaran (Bizkaia).

Según detalla el informe, la evolución negativa de los resultados financieros pone de manifiesto un escenario de pérdidas continuadas. Así, en 2025 Tubos Reunidos registró números rojos por 118,1 millones de euros y elevó su deuda financiera hasta 263,2 millones de euros.

En cuanto a la causa económica invocada para justificar el despido colectivo, Inspección de Trabajo indica que el análisis de las cuentas anuales de los últimos ejercicios revela pérdidas reiteradas y que, en particular, del examen de los estados financieros de 2023, 2024 y 2025 se desprende “un deterioro significativo” de la situación económica de TRG. El organismo subraya que se ha producido un “empeoramiento sustancial de la rentabilidad” de la sociedad y que esa misma tendencia se aprecia en la empresa matriz.

El documento añade que se ha dado un “empeoramiento sutancial de la rentabilidad de la sociedad” y precisa que, al cierre del ejercicio 2025, con arreglo al balance provisional, el capital social ascendía a 21.000 euros, mientras que el patrimonio neto se situaba en 8.608 euros.

El estudio pone de relieve que el patrimonio neto queda por debajo de la mitad del capital social (10.500 euros), lo que, de acuerdo con la normativa vigente, implica la existencia de “causa legal de disolución” en los términos del artículo 363.1.e del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital”.

Previsiones de pérdidas futuras

El informe incorpora igualmente las proyecciones de pérdidas recogidas por la empresa en su memoria. En ellas se anticipan resultados negativos para el periodo 2026-2028, con un Ebitda previsto en -26,1 millones de euros en 2026, -20,8 millones en 2027 y -17,5 millones en 2028. En paralelo, se calcula un Ebit negativo de 44,7 millones de euros en 2026, 39,4 millones en 2027 y 36,5 millones en 2028.

En total, la compañía estima pérdidas acumuladas de 64,7 millones de euros a nivel de Ebitda y de 120,6 millones de euros en términos de EBIT para todo el periodo analizado.

A la luz de estas previsiones, la empresa sostiene que la situación económica proyectada para Tubos Reunidos “redunda en evidenciar la inviabilidad del proyecto empresarial en su actual configuración” y que concurre la causa económica contemplada en el “artículo 51 ET”, que define el despido colectivo cuando la extinción de los contratos se basa en causas económicas, técnicas, organizativas o de producción.

Inspección de Trabajo concluye que, de la información incorporada a la memoria, se desprende “la existencia de resultados negativos actuales y previsiones de continuidad de pérdidas en ejercicios futuros, tanto a nivel individual como consolidado, configurando un escenario económico negativo”.

Sin fraude, dolo o abuso de derecho en el ERE

En el plano jurídico, el informe descarta la existencia de irregularidades en el procedimiento. Señala que no aparecen indicios “de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho en la actuación la empresa durante la tramitación del procedimiento de despido colectivo” y aclara que tampoco se aprecian elementos que permitan entender que la decisión de Tubos Reunidos persiga “la obtención indebida de prestaciones por desempleo” por parte de la plantilla afectada.

De forma específica, Inspección de Trabajo sostiene que el proceso de negociación se desarrolló en los términos “legalmente exigentes” y remarca que no se han identificado datos objetivos suficientes para afirmar de manera concluyente “la inexistencia de negociación efectiva ni la concurrencia de mala fe negociadora” conforme a las exigencias de la normativa aplicable.

El organismo de control tampoco detecta elementos que permitan concluir que haya existido “coacción o imposición” en la adscripción voluntaria de los trabajadores a las medidas del ERE.

Por otro lado, fuentes de Tubos Reunidos consideran que el documento es “positivo” para sus intereses, en la medida en que respalda la prórroga del periodo de consultas y confirma que “no se aprecian indicios de fraude, dolo, coacción o abuso de derecho” en su actuación durante la tramitación del expediente. Asimismo, destacan que el informe tampoco aprecia que la finalidad de la empresa sea la “obtención indebida de prestaciones por desempleo”.