El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea han cerrado un acuerdo político para rebajar parte de las obligaciones de sostenibilidad y diligencia debida que obligan a las compañías a informar sobre el impacto ambiental de su actividad, con la intención de reforzar la competitividad empresarial y aliviar su carga administrativa.
“Estamos dando un paso grande e importante en la dirección correcta. Con normas claras y sencillas, las empresas pueden centrarse en su actividad principal, de modo que logremos una mejor relación calidad-precio en la transición ecológica, creemos empleos europeos y reforcemos la capacidad de las empresas para crecer e invertir”, ha señalado Morten Bodskov, ministro danés de Industria, Negocios y Asuntos Financieros, en un comunicado.
El compromiso se ha alcanzado en el contexto de las negociaciones del denominado paquete de simplificación Omnibus I, impulsado por la Comisión Europea, y prevé, entre otros aspectos, que solo las empresas de mayor tamaño tengan que presentar informes detallados sobre su huella social y medioambiental.
Con el nuevo umbral, esta exigencia se limitará a sociedades con más de 1.000 empleados y una cifra de negocios anual superior a 450 millones de euros, frente al listón anterior, fijado en 250 trabajadores.
Las compañías de menor dimensión tendrán la posibilidad de rechazar peticiones de información que consideren desproporcionadas, con el objetivo de evitar cargas innecesarias. Paralelamente, la Comisión Europea pondrá en marcha un portal digital con modelos y guías para facilitar el cumplimiento de la normativa.
Las reglas revisadas acotan igualmente el deber de las empresas de supervisar los posibles riesgos sociales y ambientales en sus cadenas de suministro. Únicamente las grandes corporaciones, con plantillas superiores a 5.000 empleados y una facturación de más de 1.500 millones de euros, estarán obligadas a efectuar este tipo de controles, requisito que se extenderá también a las compañías de terceros países que superen el mismo umbral de facturación dentro de la UE.
Estas grandes empresas dejarán de estar obligadas a examinar de forma exhaustiva toda su cadena de valor y se centrarán solo en las áreas donde se considere más probable la existencia de problemas. Asimismo, se suprime la obligación de diseñar un plan específico para la transición climática. En caso de incumplimiento de las nuevas obligaciones, las sanciones podrán alcanzar hasta el 3 % del volumen de negocio mundial de la empresa.
El calendario también se modifica: los Estados miembros dispondrán hasta julio de 2028 para transponer y aplicar las nuevas disposiciones, mientras que las compañías sujetas a la normativa deberán ajustarse a ellas a partir de julio de 2029. El texto necesita todavía la aprobación formal del Parlamento Europeo y de los gobiernos de la UE antes de su adopción definitiva.










