El Parlamento Europeo y el Consejo de la Unión Europea han cerrado un acuerdo político para rebajar parte de las exigencias de sostenibilidad y diligencia debida que obligan a las empresas a reportar el impacto medioambiental de su actividad, con la intención de reforzar su competitividad y recortar la carga administrativa que soportan.
“Estamos dando un paso grande e importante en la dirección correcta. Con normas claras y sencillas, las empresas pueden centrarse en su actividad principal, de modo que logremos una mejor relación calidad-precio en la transición ecológica, creemos empleos europeos y reforcemos la capacidad de las empresas para crecer e invertir”, ha señalado Morten Bodskov, ministro danés de Industria, Negocios y Asuntos Financieros, en un comunicado.
El compromiso se ha alcanzado en el contexto de las negociaciones del paquete de simplificación Omnibus I, impulsado por la Comisión Europea, y prevé que solo las compañías de mayor tamaño presenten informes detallados sobre su huella social y ambiental.
Con la nueva normativa, esta obligación se limitará a empresas con más de 1.000 empleados y una facturación anual superior a 450 millones de euros, frente al umbral anterior, que se situaba en 250 trabajadores.
Las firmas de menor dimensión podrán rechazar peticiones de información que consideren desproporcionadas, con el objetivo de evitar cargas adicionales innecesarias. Paralelamente, la Comisión Europea pondrá en marcha un portal digital con modelos y guías prácticas para facilitar el cumplimiento de las obligaciones.
Las reglas revisadas acotan también el deber de las compañías de supervisar los riesgos sociales y medioambientales en sus cadenas de suministro. Solo las grandes corporaciones, con más de 5.000 empleados y una facturación superior a 1.500 millones de euros, estarán obligadas a llevar a cabo este tipo de controles, requisito que se extenderá igualmente a las empresas de terceros países que superen ese mismo umbral de facturación dentro del mercado comunitario.
Estas grandes empresas ya no tendrán que examinar de forma exhaustiva toda su cadena de valor, sino centrarse en los segmentos donde sea más probable que se detecten problemas. También se suprime la exigencia de diseñar un plan específico de transición climática. En caso de incumplimiento, las multas podrán ascender hasta el 3 % del volumen de negocio mundial de la compañía.
El calendario de aplicación se retrasa: los Estados miembros dispondrán hasta julio de 2028 para transponer las nuevas disposiciones, y las empresas sujetas a ellas deberán empezar a cumplirlas desde julio de 2029. El texto necesita todavía el visto bueno formal del Parlamento Europeo y de los Gobiernos de la UE antes de su adopción definitiva.










