La Unión Europea establece nuevas regulaciones para enfrentar la pesca insostenible de países externos

La UE aprueba una revisión de las reglas contra la pesca insostenible en países no miembros, para proteger los intereses pesqueros comunes.

Archivo - Una bandera de la Unión Europea, a 3 de enero de 2024, en Madrid (España). La bandera de la Unión Europea está formada por 12 estrellas amarillas dispuestas en círculo sobre un fondo azul. Las estrellas representan los ideales de solidaridad y aEduardo Parra - Europa Press - Archivo

El Consejo de la Unión Europea ha aprobado definitivamente este lunes una actualización de las regulaciones destinadas a combatir las prácticas de pesca insostenibles ejecutadas por naciones que no son miembros de la UE, enfocándose en las especies de peces de interés mutuo.

Los veintisiete estados miembros han ratificado el acuerdo alcanzado con el Parlamento Europeo a principios de junio, que recibió el visto bueno en la sesión plenaria de julio. Con esta aprobación, el reglamento revisado se hará efectivo 20 días después de su publicación en el diario oficial de la Unión Europea.

Las normas actualizadas tienen como finalidad proteger la sostenibilidad a largo plazo de las poblaciones de peces compartidas y asegurar una competencia equitativa para los pescadores de la UE.

La normativa permite a la UE imponer medidas restrictivas, como prohibiciones de importación, a los países que se identifiquen permitiendo prácticas pesqueras no sostenibles. El reglamento modificado facilitará a estos países externos comprender las condiciones bajo las cuales pueden enfrentarse a sanciones europeas.

El reglamento ahora especifica lo que se considera ‘falta de cooperación’ y proporciona ejemplos de comportamientos no cooperativos, incluyendo la negativa a consultar o involucrar a los países relevantes en las negociaciones.

Además, se establece que un país puede ser considerado como facilitador de la pesca no sostenible si no coopera o no adopta, implementa o hace cumplir las medidas necesarias, incluyendo aquellas de control.

Los colegisladores también han especificado que las medidas del reglamento pueden aplicarse en todas las situaciones que requieran cooperación internacional, incluso dentro del marco de una organización regional de gestión pesquera.

Finalmente, se ha acordado que la Comisión Europea debe mantener informados tanto al Consejo como al Parlamento sobre los progresos o medidas tomadas ante la identificación de un país no cooperativo o al imponer restricciones a las importaciones.

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