Cómo votar

En tu colegio, por correo o desde el extranjero: plazos, documentos y pasos para que tu voto cuente.

Desde el extranjero

Si vives fuera (CERA)
Recibes la documentación electoral en el domicilio que consta en el censo de residentes ausentes.
Si estás fuera por un tiempo (ERTA)
Tienes que estar inscrito en el consulado como no residente y solicitar el voto.
  1. Residentes en el extranjero (CERA)

    Puedes enviar tu voto por correo o depositarlo en la urna de tu embajada o consulado en los días habilitados. Revisa que tu inscripción consular y tu domicilio estén al día.

  2. Temporalmente fuera de España (ERTA)

    Debes estar inscrito en el registro de matrícula consular como no residente y pedir el voto con el impreso oficial, que se presenta en persona en la embajada o el consulado. Después recibirás la documentación para votar por correo certificado.

Plazos de esta convocatoria

  • Del 24 al 30 de octubre Voto desde el extranjero (CERA): envío de la documentación PrevistaLa Oficina del Censo Electoral envía a los residentes ausentes la documentación para votar, entre el día 18 y el 24 posteriores a la convocatoria.
  • Del 4 al 8 de noviembre Voto desde el extranjero (CERA): llegan las papeletas PrevistaEnvío de las papeletas oficiales entre los días 29 y 33 posteriores a la convocatoria (hasta el día 39 en las provincias con recursos pendientes).
  • Del 21 al 26 de noviembre Voto desde el extranjero (CERA): depósito en urna en consulados PrevistaLos residentes ausentes pueden depositar el voto en urna en su embajada o consulado entre el octavo y el tercer día anteriores a la elección.
  • 24 de noviembre Voto desde el extranjero (CERA): último día para enviarlo por correo PrevistaPor correo certificado al consulado o la embajada, como tarde el quinto día anterior a la elección.
  • 25 de noviembre Temporalmente en el extranjero (ERTA): último día para enviar el voto PrevistaPor correo certificado antes del tercer día previo a la elección, tras haberlo solicitado en el consulado.

«Prevista»: fecha calculada con los plazos de la ley, pendiente de confirmación oficial.

Interior: voto desde fuera de España (se abre en una pestaña nueva)

Especial Elecciones generales 2026 · Demócrata y Poder Digital. Fuentes: Real Decreto 806/2026 de convocatoria, Ley Orgánica del Régimen Electoral General, Ministerio del Interior, Oficina del Censo Electoral, Correos y, para las encuestas, Wikipedia (CC BY-SA 4.0) con enlace a cada estudio original.

Las herramientas de simulación (escaños, pactos, porra, reparto) son ilustrativas y no predicen el resultado. Ningún contenido de este especial recomienda el voto a una candidatura.

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