Cómo votar
En tu colegio, por correo o desde el extranjero: plazos, documentos y pasos para que tu voto cuente.
Desde el extranjero
- Si vives fuera (CERA)
- Recibes la documentación electoral en el domicilio que consta en el censo de residentes ausentes.
- Si estás fuera por un tiempo (ERTA)
- Tienes que estar inscrito en el consulado como no residente y solicitar el voto.
Residentes en el extranjero (CERA)
Puedes enviar tu voto por correo o depositarlo en la urna de tu embajada o consulado en los días habilitados. Revisa que tu inscripción consular y tu domicilio estén al día.
Temporalmente fuera de España (ERTA)
Debes estar inscrito en el registro de matrícula consular como no residente y pedir el voto con el impreso oficial, que se presenta en persona en la embajada o el consulado. Después recibirás la documentación para votar por correo certificado.
Plazos de esta convocatoria
- Del 24 al 30 de octubre Voto desde el extranjero (CERA): envío de la documentación PrevistaLa Oficina del Censo Electoral envía a los residentes ausentes la documentación para votar, entre el día 18 y el 24 posteriores a la convocatoria.
- Del 4 al 8 de noviembre Voto desde el extranjero (CERA): llegan las papeletas PrevistaEnvío de las papeletas oficiales entre los días 29 y 33 posteriores a la convocatoria (hasta el día 39 en las provincias con recursos pendientes).
- Del 21 al 26 de noviembre Voto desde el extranjero (CERA): depósito en urna en consulados PrevistaLos residentes ausentes pueden depositar el voto en urna en su embajada o consulado entre el octavo y el tercer día anteriores a la elección.
- 24 de noviembre Voto desde el extranjero (CERA): último día para enviarlo por correo PrevistaPor correo certificado al consulado o la embajada, como tarde el quinto día anterior a la elección.
- 25 de noviembre Temporalmente en el extranjero (ERTA): último día para enviar el voto PrevistaPor correo certificado antes del tercer día previo a la elección, tras haberlo solicitado en el consulado.
«Prevista»: fecha calculada con los plazos de la ley, pendiente de confirmación oficial.
Interior: voto desde fuera de España (se abre en una pestaña nueva)