Elecciones Andalucía: La Junta Electoral amonesta a Montero y le prohíbe pedir el voto antes del inicio de campaña

El organismo electoral concluye que la candidata socialista vulneró la ley al pedir el voto antes del inicio de campaña y ordena la retirada de los contenidos difundidos en redes sociales.

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La secretaria general del PSOE-A y candidata a la Presidencia de la Junta, María Jesús Montero, este martes PSOE-A

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La Junta Electoral de Andalucía (JEA) ha instado a la candidata del PSOE-A a la Presidencia de la Junta, María Jesús Montero, a cesar cualquier petición expresa de voto hasta el inicio oficial de la campaña electoral, tras estimar parcialmente una denuncia presentada por el PP andaluz.

La resolución llega después de que el órgano electoral concluyera que Montero ha vulnerado la normativa vigente al solicitar el voto antes del periodo permitido, en un acto público celebrado el 10 de abril en Cádiz y difundido posteriormente en redes sociales y canales oficiales del PSOE-A.

Una denuncia del PP y un acto bajo la lupa electoral

La denuncia fue presentada por el secretario general del PP andaluz, Antonio Repullo, que acusó a los socialistas de haber difundido declaraciones en las que la candidata realizaba una “petición expresa del voto”, lo que estaría prohibido por la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Según el escrito, el contenido fue además difundido en directo a través de la web del partido y en plataformas como YouTube y X, lo que, a juicio del PP, amplificó la infracción.

La JEA aprecia vulneración de la normativa electoral

En su resolución, la Junta Electoral considera que las palabras de Montero constituyen una petición explícita de apoyo electoral, algo prohibido fuera del periodo de campaña.

El órgano recuerda que la ley permite la actividad política ordinaria, pero establece una limitación clara: no se puede pedir el voto de forma directa antes del inicio oficial de la campaña, previsto para el 1 de mayo.

La JEA subraya además que la difusión del acto en redes sociales refuerza el alcance de la infracción, ya que el contenido fue reproducido íntegramente por el partido.

Sin sanción, pero con advertencia clara

Pese a apreciar la infracción, la Junta Electoral ha descartado abrir expediente sancionador, al considerar que las expresiones fueron breves dentro de un acto de mayor duración y que no existe precedentes recientes que orienten una sanción más dura.

No obstante, el organismo sí ordena al PSOE-A retirar los fragmentos del vídeo en los que se solicita el voto, o, en su defecto, eliminar la grabación completa de sus plataformas digitales.

La resolución también incluye una advertencia explícita a Montero para que se abstenga de realizar nuevas peticiones de voto fuera del periodo legal, recordando la obligación de respetar las reglas de neutralidad electoral hasta el inicio formal de la campaña.

El PSOE-A podrá recurrir la decisión ante la Junta Electoral Central en un plazo de 24 horas.