La Comisión Europea ha anunciado hoy una multa histórica contra Glovo y Delivery Hero, dos entidades dedicadas al reparto de comida a domicilio. El máximo organismo comunitario responde con una sanción de 329 millones de euros ante la participación de las empresas en un cártel en su sector. Las empresas sancionadas, que han reconocido la infracción, acordaron no apropiarse mutuamente de sus empleados, intercambios de información sensible y la asignación de mercados geográficos.
La decisión marca un precedente porque nunca antes la Comisión Europea había encontrado un cártel en el mercado laboral. También ha sido la primera vez que ha sancionado el uso anticompetitivo de una participación minoritaria en una empresa competitiva.
Teresa Ribera, vicepresidenta ejecutiva para la Transición Limpia, Justa y Competitiva considera que la sanción es importante porque estas prácticas «se facilitaron mediante un uso anticompetitivo de la participación minoritaria de Delivery Hero en Glovo». Del mismo modo, considera que a causa de estas infracciones «las empresas dejan de competir por el mejor talento y reducen las oportunidades para los trabajadores.
Fundamentos de la decisión
El organismo comunitario justifica la sanción en el artículo 101 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE) y el artículo 53 del Acuerdo Espacio Económico Europeo (EEE). Ambos prohíben los acuerdos y prácticas comerciales restrictivas que puedan perjudicar el comercio o limitar la competencia en territorio europeo.
La inspección, que se realizó durante los meses de junio del año 2022 y noviembre del 2023 y sin aviso, fijó sus trabajos en una posible colusión en el sector delivery y comenzó a raíz de un ejercicio de seguimiento de mercado.
El cártel
Fue en el verano de 2018 cuando la multinacional alemana Delivery Hero compró una participación sin control en Glovo, sociedad radiada en España, y la fue incrementando de manera progresiva mediante posteriores inversiones. Cuatro años después, ya había adquirido el control exclusivo de Glovo. De esta manera, se ha podido probar que las entidades eliminaron de forma escalonada las restricciones competitivas entre ambas y sustituyeron la competencia por la coordinación.
Lo cierto es que poseer una participación en un competidor no es ilegal en sí mismo, sin embargo, en este caso, permitió contactos anticompetitivos entre rivales a varios niveles. Todo esto llevo también a que Delivery Hero pudiera influir en la toma de decisiones de Glovo.
El acuerdo al que llegaron incluía cláusulas limitadas de no contratación para ciertos empleados, después se amplió a un acuerdo general de no contactar activamente a los empleados de la otra parte. Además, las empresas intercambiaban información comercialmente sensible que les permitió alinearse para influir en su conducta de mercado.
Con todo, Delivery Hero y Glovo llegaron a repartirse los mercados nacionales de entrega de comida a domicilio en el territorio comunitario. Así, se eliminó cualquier solapamiento que pudiera existir y se evitó la entrada en sus respectivos mercados.
Liquidación
Ambas empresas han reconocido su participación en el arreglo, una colaboración que ha facilitado el trabajo de la Comisión y por el que los infractores se han beneficiado de rebaja en la multa. En concreto, el procedimiento de transacción para cárteles, por el que se recompensa la cooperación. entró en vigor en 2008. En este procedimiento, las partes implicadas reconocen su participación, así como su responsabilidad. Junto con esto, admiten el importe máximo de la multa que la Comisión pretende imponer, que implica una reducción en un 10% de la multa propuesta.
Estos procedimientos de transacción se basan en el Reglamento 1/2003 y posibilitan que los organismos puedan aplicar un procedimiento aplicado simplificado y abreviado. Esta decisión es el procedimiento número 44 de transacción desde que se introdujo el procedimiento para cárteles.
Sanciones
Las multas que ha aprobado la Comisión Europea se basan en las Directrices de la Comisión sobre multas de 2006. Se han tenido en cuenta diversos elementos como la naturaleza multifacética del cártel, su alcance en toda la Unión Europea, la duración total y su evolución a lo largo del tiempo.
El desglose de las multas impuestas a cada parte es el siguiente:
- Delivery Hero SE: 223 285 000 €
- Glovoapp23 SA: 105.732.000€
La primera vez
Ribera cree la importancia de este caso radica en que es la primera vez que la Comisión multa a empresas por un «acuerdo de no contratación«. «Se trata de acuerdos en los que las empresas se comprometen a no contratar ni solicitar empleos a sus empleados», sostiene la vicepresidenta ejecutiva.
Además, la número dos de Ursula Von der Leyen argumenta que estas reglas son clave porque sancionan conductas anticompetitivas relacionadas con las comidas que pedimos en «nuestras aplicaciones y con nuestras compras de alimentos en línea».
En otras palabras, Ribera dice que esta investigación «demuestra que las normas de competencia no solo buscan mantener bajos los precios. También protegen nuestra libertad de elección, incluyendo dónde queremos trabajar».