De startup local a actor europeo: ¿qué permite el Régimen 28 para España?

La Comisión Europea busca transformar el mercado único europeo al permitir que las empresas operen de manera armonizada en toda el continente gracias a trámites digitales y ofreciendo flexibilidad financiera, para que puedan crecer, a la vez que logran atraer inversión internacional

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A día de hoy, Europa crea más start-ups que Estados Unidos. Sin embargo, la mayoría de estas empresas no logra desarrollarse ni escalar dentro del propio continente. Un día antes de la reunión de los jefes de gobierno de los Veintisiete, en la que se pretende dar el último empujón a la competitividad del continente, el Colegio de Comisarios va a dar luz verde a una de sus medidas más esperadas para este trimestre.

El Régimen 28 pretende acabar con veintisiete sistemas jurídicos para las start-ups europeas a través de una jurisdicción armonizada, que únicamente contará con procedimientos digitales y que introduce opciones de financiación flexibles.

Los últimos borradores que ha podido consultar Demócrata antes del anuncio de este miércoles buscan atraer capital riesgo global y facilitar la expansión transfronteriza de pequeñas empresas innovadoras. Además, el expediente legislativo estipula salvaguardias que afectan directamente a la protección de los empleados, así como a los acreedores gracias a requisitos de solvencia modernizados.

Todos a una 

La principal novedad que introduce el reglamento es la creación de una única forma jurídica para todos los Estados miembros. De esta manera, las compañías deberán añadir la etiqueta “Eu Inc.” a su nombre para aumentar la transparencia y la confianza de cara a socios comerciales. ¿Cómo funcionará? Una vez constituida la empresa en un Estado miembro, su capacidad jurídica deberá ser reconocida por el resto de países del bloque.

Para la Comisión Europea, otra de las trabas que estaba haciendo hasta ahora que las compañías no lograsen escalar era el conjunto de trabas burocráticas a las que tienen que hacer frente. Por este motivo, el régimen estipulará claramente que todos los procedimientos administrativos a lo largo del ciclo de vida de la empresa deben ser exclusivamente digitales. Esto supone el fin de las alternativas en papel.

European Comission -

A través de una Cartera Digital de Negocios, se permitirá a las empresas autenticar, almacenar y compartir documentos de forma segura, como el Certificado de Empresa de la UE y poderes notariales digitales. Junto con esto, todos los pagos de procedimientos se podrán realizar mediante servicios de pago transfronterizos ampliamente disponibles.

Tope máximo de cien euros y 48 horas 

Para centralizar cada uno de los trámites, se va a desarrollar una interfaz central de la Unión Europea que estará conectada al sistema de interconexión de registros mercantiles. Si se utilizan plantillas estándar comunitarias, el registro y el control preventivo se completarán en un máximo de 48 horas, con un coste tope de cien euros. Aun así, los estatutos deberán estar disponibles tanto en la lengua nacional como en inglés, con el objetivo de facilitar el acceso a inversores internacionales.

En línea con la simplificación de trámites, la información entregada al registro mercantil se intercambiará de forma inmediata con otras autoridades. Este proceso funcionará de tal forma que los datos se remitirán a las autoridades fiscales —para obtener el NIF y el número de IVA—, a la Seguridad Social y al registro de titularidades reales, sin que la compañía necesite repetir el proceso.

¿Capinal mínimo? Cero euros 

El marco financiero diseñado por la Comisión Europea está ideado para facilitar el crecimiento de las empresas. Esto explica el hecho de que no se requerirá un capital mínimo obligatorio: podrá ser de cero euros durante toda la vida de la empresa. Por defecto, las acciones no tendrán un valor nominal fijo, lo que permitirá una valoración dinámica de la equidad.

Ahora bien, en ausencia de este capital mínimo, la protección de los acreedores se basará en pruebas de solvencia y de balance que los directores tendrán que firmar antes de realizar distribuciones. El borrador consultado también introduce un plan de propiedad de acciones para empleados diseñado para “atraer talento”.

Mediante warrants armonizados, se permitirá emitir derechos sobre acciones que están sujetos a un periodo de carencia de al menos 24 meses. Los ingresos de estos planes solo se grabarán una vez, en el momento en que se vendan las acciones, evitando impuestos en el momento de la concesión o ejercicio del derecho.

Directores europeos 

El Régimen 28 abrirá la puerta a procedimientos más rápidos para cerrar empresas de forma eficiente, lo que disminuirá el coste del fracaso. Por ejemplo, para empresas sin activos ni deudas pendientes, el proceso de eliminación del registro puede completarse en unos tres meses. De cara a aquellas microempresas que se declaren insolventes, se fijan procesos de liquidación simplificados que deberían concluir en un máximo de seis meses.

European Parliament -

En cuanto a la gobernanza de estas compañías, al menos uno de sus directores debe ser residente en la Unión Europea, sus juntas generales podrán celebrarse de forma telemática y los accionistas minoritarios tendrán derecho a que la empresa compre sus acciones en casos de perjuicio grave.

Unicornios europeos 

Con todo, no es una medida que pille de nuevas a las instituciones comunitarias. Fue anunciada junto con el Competitiveness Compass, que ahora cumple su primer año. Las fuentes consultadas por Demócrata confirman que este régimen facultativo permitirá a las compañías escalar rápidamente en el mercado único sin las barreras propias de cada uno de los Estados miembros.

Los servicios comunitarios estiman que este régimen ayudaría a cumplir el objetivo de la Comisión de reducir los costes administrativos recurrentes en unos 37.500 millones de euros. Al eliminar la necesidad de replicar el cumplimiento legal en cada Estado miembro, se reducen drásticamente los gastos de asesoría jurídica y trámites administrativos.

Actualmente, muchas empresas europeas se trasladan a Estados Unidos para crecer debido a la fragmentación del mercado comunitario. El Régimen 28 permitiría a las start-ups expandirse horizontalmente por Europa, fomentando la creación de los llamados “unicornios europeos”.

Los inversores, incluidos los de capital riesgo, se beneficiarían de procedimientos más claros, estandarizados y digitales. Un marco legal uniforme aumentaría la seguridad jurídica y la confianza, facilitando que el capital fluya hacia empresas innovadoras independientemente de su ubicación.

Estrasburgo pide protección para empleados 

Durante un debate en el pleno del Parlamento Europeo de enero en Estrasburgo, los eurodiputados señalaron que el nuevo régimen no podía convertirse en una vía para eludir derechos laborales. En declaraciones a Demócrata, el popular Adrián Vázquez afirma que esta es una oportunidad para revolucionar el mercado único:

“El acceso al capital sigue siendo el gran talón de Aquiles de las start-ups y emprendedores europeos. Si no facilitamos la inversión y no nos tomamos en serio hacer avanzar la Unión de los Mercados de Capitales, el talento europeo tiene muy difícil alcanzar su verdadero potencial”, afirma.

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Para la delegación popular, la “prueba del algodón” será que las compañías se lancen a utilizar este nuevo régimen. Para Vázquez, el diseño debe garantizar que las compañías perciban una ventaja clara al optar por el nuevo marco en lugar de permanecer bajo los regímenes nacionales existentes. “Los emprendedores son el futuro de la prosperidad europea y ese futuro debe ser compartido o no será”, concluye.

Por su parte, el socialista Jonás Fernández sostiene: “La propuesta, presente en el informe Draghi y Letta, abre una vía sugerente para acelerar la consolidación del mercado único más allá de armonizaciones que se están mostrando lentas y difíciles en sectores clave”.

Jonás Fernández -

A diferencia del Ejecutivo, los colegisladores propusieron que esta nueva forma jurídica recibiese el nombre de “Societas Europaea Unificata (S.EU)” o Empresa Europea Unificada. No se concibe como una figura jurídica completamente nueva e independiente del derecho nacional.

En su lugar, se plantea como una forma societaria nacional presente en los 27 Estados miembros, pero basada en un conjunto de reglas básicas armonizadas al máximo nivel europeo. Es decir, cada empresa seguiría teniendo “nacionalidad jurídica”, pero operaría bajo un marco común.

¿Beneficios para todos? 

Durante los debates en Estrasburgo, los eurodiputados pusieron el foco en la necesidad de proteger a las empresas europeas de las llamadas “adquisiciones predadoras”. Se trata de operaciones en las que grandes compañías extranjeras compran start-ups innovadoras antes de que alcancen la madurez suficiente.

Para evitarlo, el Parlamento propone permitir acciones de lealtad, acciones de clase dual o incluso acciones con derecho de veto, de modo que los fundadores puedan mantener el control estratégico de sus empresas mientras atraen inversión. Asimismo, se plantea que el capital mínimo desembolsado para crear una S.EU sea meramente simbólico: un euro, con el fin de eliminar barreras de entrada innecesarias.

European Parliament -

El Parlamento es tajante en un punto clave: el Régimen 28 no debe utilizarse para eludir los derechos de participación de los trabajadores. Cuando se alcancen los umbrales establecidos por la legislación nacional del país de empleo, deberán respetarse plenamente los derechos de representación en los consejos de administración.

Al mismo tiempo, la Eurocámara defiende la armonización de las reglas sobre participación financiera de los empleados, especialmente mediante planes de opciones sobre acciones que sean fiscalmente atractivos y fáciles de aplicar de forma transfronteriza.

Con el fin de garantizar rapidez y seguridad jurídica, el Parlamento propone crear un mecanismo específico de resolución alternativa de disputas para las S.EU. Además, anima a los Estados miembros a establecer paneles judiciales especializados, que incluso puedan tramitar los procedimientos en inglés, siempre que las partes estén de acuerdo.