Este miércoles, la Corte Internacional de Justicia ha proclamado que el cambio climático constituye un riesgo universal existencial, manifestando que se origina ‘inequívocamente’ por actividades humanas.
El máximo tribunal de la ONU ha establecido que es un ‘deber’ de los Estados miembros prevenir el cambio climático. Según una opinión consultiva reciente, los Estados deben implementar acciones para reducir las emisiones de gases de efecto invernadero y adaptarse a los cambios climáticos.
En el marco de la Convención Marco de las Naciones Unidas sobre el Cambio Climático, se especifica que los Estados listados en el Anexo I deben tomar la delantera en esta lucha; colaborar para alcanzar los objetivos de la Convención y cumplir con las estipulaciones del Protocolo de Kioto.
De acuerdo con el Acuerdo de París, los Estados están obligados a actuar diligentemente, comprometiéndose a contribuciones determinadas a nivel nacional (NDC) cada vez más ambiciosas y a trabajar para no superar el incremento de la temperatura global en 1.5°C.
Además, los Estados deben adherirse a obligaciones de adaptación y cooperación, incluyendo la transferencia de tecnología y financiación, ‘todo ello de buena fe’.
La Corte también recalca que el derecho internacional demanda a los Estados prevenir daños significativos al medio ambiente y cooperar continuamente para evitar daños graves al sistema climático.
Finalmente, la Corte advierte que cualquier incumplimiento de estas obligaciones ‘constituye un hecho internacionalmente ilícito que acarrea la responsabilidad del Estado infractor, quien debe continuar cumpliendo la obligación incumplida’ y que las repercusiones legales pueden incluir diversas formas de reparación y garantías de no repetición, siempre que exista un vínculo causal directo entre el acto ilícito y el perjuicio.