El presidente de Ecuador, Daniel Noboa, ha lanzado una convocatoria para una consulta popular que buscará establecer una Asamblea Constituyente con el objetivo de renovar la Carta Magna. Este anuncio, que se alinea con una de sus promesas electorales más destacadas, se realizó sin la aprobación previa del Tribunal Constitucional y apenas un día después de su declaración inicial respecto a incluir este tema en el referéndum previsto para finales de este año.
“Ecuador enfrenta problemas estructurales y coyunturales que requieren ser abordados de manera urgente y que no pueden ser tratados de manera adecuada a través de los mecanismos ordinarios de reforma constitucional previstos actualmente. En consecuencia, se plantea la necesidad de una convocatoria a consulta popular (…), mediante la conformación de una Asamblea Constituyente, como la única vía legítima y eficaz para redefinir el pacto social y reestructurar el Estado ante la crisis actual”, señala un decreto ejecutivo firmado por Noboa.
Apoyándose en el artículo 444 de la Constitución nacional, Noboa argumenta que “la asamblea constituyente solo puede ser convocada a través de consulta popular” y que, en su calidad de presidente, está facultado para realizar dicha convocatoria. Este artículo, según el presidente, es específico y preponderante frente a cualquier otra norma general o decisión contraria.
La propuesta de Asamblea Constituyente contempla una composición de 80 miembros, incluyendo 52 representantes provinciales, 22 nacionales y seis del exterior, con un periodo de funcionamiento inicial de seis meses, extendible por dos meses más. Aunque la ley suprema del país exige una aprobación previa de la Corte Constitucional para las consultas populares, las preguntas específicas de esta aún no han sido enviadas a dicho tribunal, justificando esta omisión con el mencionado artículo 444.
Noboa sostiene que la ciudadanía reclama más participación, transparencia y control en la gestión pública, y que estas exigencias deben reflejarse en un nuevo diseño constitucional que fomente una democracia más participativa. El decreto presidencial plantea inicialmente una pregunta para la consulta popular: “¿Está usted de acuerdo en que se convoque e instale una Asamblea Constituyente, cuyos representantes sean elegidos por el pueblo ecuatoriano, de acuerdo con las reglas electorales previstas en el Estatuto Constituyente adjunto, para elaborar una nueva Constitución de la República, la cual entrará en vigencia únicamente si es aprobada posteriormente por las y los ecuatorianos en referéndum?”.
Además, se ha informado al Consejo Nacional Electoral (CNE) para que proceda según lo establecido en la Constitución, y se ha solicitado que se incluyan en las papeletas electorales tanto los métodos de elección de los delegados como las normativas del proceso electoral, conforme al decreto en cuestión. Paralelamente, Noboa ha propuesto otras consultas sobre temas como la instalación de bases militares extranjeras y el financiamiento público a partidos políticos, temas ya aprobados por la Asamblea Nacional y que ahora dependen del tribunal.
















