La Eurocámara aprueba la nueva respuesta penal común contra la corrupción en la UE

El Parlamento Europeo aprueba una directiva que unifica delitos y sanciones contra la corrupción y refuerza la coordinación en toda la UE.

2 minutos

Un eurodiputado indica el voto en contra de su grupo en la sesión de votación del pleno del Parlamento Europeo en Estrasburgo (Francia). ALAIN ROLLAND

Un eurodiputado indica el voto en contra de su grupo en la sesión de votación del pleno del Parlamento Europeo en Estrasburgo (Francia). ALAIN ROLLAND

Comenta

Publicado

2 minutos

Más leídas

El Parlamento Europeo ha respaldado este jueves el nuevo marco penal común de la Unión Europea para hacer frente a la corrupción, con el que se cierra el acuerdo sellado con el Consejo y se da un paso decisivo hacia la armonización de los delitos y de las sanciones en todos los Estados miembro.

La directiva, que ha salido adelante con 581 votos favorables, 21 en contra y 42 abstenciones, amplía el abanico de conductas que se considerarán corrupción en la UE e incorpora figuras delictivas como el soborno, la apropiación indebida, el tráfico de influencias, la obstrucción a la justicia o el enriquecimiento ilícito, tanto en el sector público como en el privado.

El nuevo texto fija además un sistema de penas máximas comunes en la Unión para reducir las grandes disparidades entre países y reforzar la persecución de estas prácticas, en especial cuando se trate de delitos con dimensión transfronteriza.

El objetivo es garantizar que las sanciones no resulten desproporcionadamente bajas y evitar vacíos en su aplicación, si bien los Estados miembro conservarán la posibilidad de mantener o introducir normas más severas y adaptarlas a sus propios sistemas jurídicos.

La norma contempla igualmente medidas como multas, la inhabilitación para ejercer cargos públicos o la prohibición de acceder a contratos públicos y ayudas, así como castigos para las personas jurídicas que podrán situarse entre el 3% y el 5% de su volumen de negocio mundial o en cuantías de entre 24 y 40 millones de euros.

Asimismo, se fijan criterios homogéneos para determinar la jurisdicción de los Estados miembro en estos procedimientos, incluyendo los casos en que el delito se cometa en su territorio o el autor tenga su nacionalidad, y prevé supuestos en los que esa competencia puede ampliarse, por ejemplo cuando el infractor resida de forma habitual en el país o la conducta afecte a uno de sus ciudadanos.

La reforma refuerza también la cooperación entre las autoridades nacionales y organismos de la UE como la Oficina Europea de Lucha contra el Fraude (OLAF), la Fiscalía Europea, Europol y Eurojust, así como el intercambio de información para mejorar la investigación y el enjuiciamiento de estos delitos.

En paralelo, los Estados deberán diseñar y actualizar estrategias nacionales, llevar a cabo evaluaciones periódicas de riesgos en los ámbitos más vulnerables y asegurar la existencia de normas sobre integridad, conflictos de intereses y transparencia en la financiación política, además de dotarse de organismos independientes dedicados a la prevención de la corrupción.

Tras la aprobación en la Eurocámara, la directiva tendrá que ser adoptada formalmente por el Consejo antes de su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea. Una vez entre en vigor, los Estados miembro contarán con un plazo máximo de dos años para adaptar su normativa interna, con un tiempo adicional para determinadas disposiciones concretas.