La Justicia polaca obliga a inscribir matrimonios homosexuales válidos en otros países de la UE

El Supremo Administrativo polaco ordena registrar en su país matrimonios homosexuales válidos en otros Estados de la UE, pese a no reconocerlos internamente.

1 minuto

Imagen de archivo de una protesta a favor de los derechos de la comunidad LGTBIQ en Polonia. Aleksander Kalka/ZUMA Press Wire / DPA

Imagen de archivo de una protesta a favor de los derechos de la comunidad LGTBIQ en Polonia. Aleksander Kalka/ZUMA Press Wire / DPA

Comenta

Publicado

1 minuto

Más leídas

El Tribunal Supremo Administrativo de Polonia ha resuelto este viernes que el país está obligado a reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados legalmente en otros Estados miembro de la Unión Europea, lo que implica que estas uniones deben quedar registradas en el Registro Civil polaco.

La resolución, considerada un hito para los derechos del colectivo LGTBIQ, se produce a raíz del caso de una pareja de dos hombres polacos que se casó en Alemania en 2018 y que recurrió la negativa de un tribunal inferior a inscribir su matrimonio en Polonia.

La corte ha determinado ahora que las autoridades deben proceder a registrar este matrimonio, en línea con la jurisprudencia europea y pese a que en Polonia no están reconocidos legalmente los matrimonios igualitarios ni las uniones civiles, de acuerdo con la información difundida por la agencia de noticias polaca PAP.

A la pareja se le había denegado con anterioridad el reconocimiento de su vínculo en territorio polaco. El pronunciamiento se apoya en una decisión de 2025 del Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que estableció que los Estados miembro tienen la obligación de reconocer los matrimonios entre personas del mismo sexo celebrados en otros países de la UE, incluso cuando su normativa interna no contemple este tipo de uniones.

Con este fallo, el tribunal polaco deja sin efecto decisiones anteriores de un tribunal administrativo de Varsovia y de funcionarios del Registro Civil, y ordena que el matrimonio quede inscrito en un plazo máximo de 30 días. Además, la corte advierte de que una interpretación distinta de la Constitución podría vulnerar los principios que prohíben la discriminación, también por razón de orientación sexual.