El Parlamento de México ha aprobado este martes una normativa que veta por completo los cigarrillos electrónicos, vapeadores y dispositivos similares, fijando penas de cárcel de hasta ocho años para quienes los comercialicen.
La iniciativa ha prosperado con 324 votos favorables, 129 en contra y ninguna abstención en una Cámara de Diputados de mayoría oficialista, que ha dado así “luz verde” a un dictamen, “que deriva de una iniciativa presentada” por la presidenta del país, Claudia Sheinbaum, según detalla el propio órgano legislativo en su portal institucional.
Con esta decisión, los diputados han impulsado una reforma de rango constitucional que establece penas “de uno a ocho años de prisión y multa equivalente de 100 a 2.000 veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización”, es decir, entre 11.314 y 226.280 pesos (aproximadamente entre 534 y 10.686 euros).
De este modo, pasan a estar prohibidas “la adquisición, preparación, conservación, producción, fabricación, mezclado, acondicionamiento, envasado, transporte con fines comerciales, almacenamiento, importación, exportación, comercio, distribución, venta y suministro” de estos productos, además de “todos los actos de publicidad o propaganda para que se consuman (…) a través de cualquier medio impreso, digital, televisivo, radial o cualquier otro medio de comunicación”.
La Cámara de Diputados ha justificado este marco legal al considerar “el vapeo como una amenaza a la salud pública” y con la finalidad declarada de “disminuir la dependencia a su uso”. No obstante, el diputado oficialista Pedro Mario Zenteno ha precisado que “no se sancionará al consumidor individual” de vapeadores.
“Quiero subrayar con toda claridad: no se sancionará al consumidor individual. La sanción recae únicamente en quienes pretenden adquirir estos dispositivos con fines de comercialización, distribución o lucro”, ha afirmado en declaraciones recogidas por el diario ‘El Sol de México’, al tiempo que ha definido la reforma como “un paso histórico” y una “transformación profunda” en la protección a la salud pública.











