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Polonia impulsa una ley para reconocer derechos a uniones civiles homosexuales tras el fallo del TJUE

El Gobierno polaco aprueba un proyecto de ley para ampliar derechos a uniones civiles, incluidas parejas del mismo sexo, tras una sentencia clave del TJUE.

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El Consejo de Ministros de Polonia ha dado luz verde este martes a un proyecto legislativo que amplía los derechos de las uniones civiles, incluidas las formadas por parejas del mismo sexo, en respuesta a la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que obliga a todos los Estados miembros a reconocer un matrimonio homosexual celebrado en otro país de la UE.

“Este es un gran avance para garantizar la seguridad y la protección jurídica de personas que viven en relaciones homosexuales y heterosexuales que no han decidido formalizar su unión”, ha detallado la secretaria de Estado polaca para la oficina del primer ministro, Katarzyna Kotula, según ha recogido la agencia de noticias PAP.

La propuesta incorpora diversos derechos que hasta ahora solo estaban al alcance de los matrimonios en Polonia, entre ellos la exención del impuesto sobre sucesiones y donaciones, el acceso a historiales e información médica, la posibilidad de obtener un seguro de salud a través de la pareja, así como normas específicas sobre la gestión de bienes y el acceso a determinadas prestaciones de pensiones.

El texto, impulsado por el Ejecutivo del primer ministro Donald Tusk, se someterá previsiblemente a debate parlamentario en enero. Sin embargo, el proyecto podría toparse con un veto presidencial por parte del jefe del Estado, el ultraderechista Karol Nawrocki, cercano al principal partido opositor, Ley y Justicia (PiS).

En su reciente resolución, el TJUE estableció que cada Estado miembro está obligado a reconocer la validez de un matrimonio entre personas del mismo sexo celebrado en otro país de la Unión Europea, incluso cuando el matrimonio homosexual no figure en su legislación interna.

La decisión llegó tras la reclamación de diez personas que acudieron al TJUE después de una larga disputa judicial en Polonia, al comprobar que no podían inscribirse en ningún registro como parejas del mismo sexo.

El tribunal concluyó que el Estado polaco había vulnerado la Convención Europea de Derechos Humanos, en concreto el precepto que garantiza el respeto a la vida privada y familiar, al no disponer de un “marco legal específico” que diera cobertura a las uniones homosexuales.

El TJUE precisó, no obstante, que el fallo no obliga a ese país a introducir el matrimonio igualitario en su Derecho interno. En la actualidad, la normativa polaca solo reconoce el matrimonio entre un hombre y una mujer y mantiene un Código de Familia destinado a reforzar la prohibición recogida en la Constitución.