El Tribunal Europeo de Derechos Humanos ha negado la petición de medidas cautelares que Marine Le Pen, dirigente de la Agrupación Nacional y figura de la ultraderecha, presentó con el fin de interrumpir la ejecución de su condena de cinco años de inhabilitación, la cual fue impuesta por un delito de desvío de fondos europeos.
El conjunto de los siete magistrados que integran el tribunal falló unánimemente en contra de la solicitud, justificando que no se ha comprobado «la existencia de un riesgo inminente de daño irreparable a un derecho protegido por la Convención o sus protocolos».
El equipo legal de Le Pen había requerido al TEDH que instruyera a las autoridades francesas competentes a anular la restricción que le impide participar en las elecciones de 2027, argumentando un posible daño «grave e irreparable» a sus derechos y a los de sus seguidores, bajo el amparo del artículo 3 sobre elecciones libres.
La política fue sentenciada a un total de cuatro años de cárcel, de los cuales dos son efectivos, y a cinco años de inhabilitación por malversar 2,9 millones de euros de fondos europeos. Además, Le Pen deberá abonar una multa de 100.000 euros.
Junto con Le Pen, otros ocho parlamentarios de Agrupación Nacional fueron hallados culpables de la misma falta, vinculada a la contratación de falsos asistentes parlamentarios a través de los cuales se desviaron fondos destinados a empleados del partido durante el periodo de 2004 a 2016.