La Eurocámara aprueba la primera norma de bienestar para perros y gatos, más de 74.000 en La Rioja

La UE aprueba su primera ley de bienestar para perros y gatos, que refuerza la identificación con microchip y afecta a más de 74.000 animales en La Rioja.

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La Eurocámara aprueba la primera norma de bienestar para perros y gatos, más de 74.000 en La Rioja

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El pleno del Parlamento Europeo respaldó este martes la que será la primera normativa comunitaria específica sobre bienestar de perros y gatos, un marco legal que reforzará la protección de estos animales de compañía mediante límites a la cría, la obligación de incorporar microchip y su inscripción en bases de datos nacionales para frenar el comercio ilegal de ejemplares.

Esta nueva regulación aún requiere el visto bueno formal de los Veintisiete para que pueda entrar en vigor y ser incorporada a las leyes de todos los Estados miembro. Según los datos de Bruselas, en la Unión Europea hay más de 72 millones de perros y 83 millones de gatos, con un mercado anual valorado en 1.300 millones de euros.

SITUACIÓN EN LA RIOJA

En La Rioja se contabilizan más de 74.000 perros y gatos, de acuerdo con las cifras actualizadas del RIAC (Registro de Identificación de Animales de Compañía) de La Rioja. En detalle, este registro incluye 60.962 perros y 13.074 gatos en la comunidad.

La Comunidad riojana, mediante un decreto de 2024, fija diversas obligaciones en materia de identificación de animales domésticos, entre ellas que la identificación con microchip de perros y gatos sea obligatoria en todo el territorio de la Comunidad Autónoma de La Rioja, así como su inscripción en el RIAC. La identificación de hurones es voluntaria, aunque en los movimientos intracomunitarios pasa a ser obligatoria.

Además, se establece que la identificación debe realizarse antes de que el animal cumpla tres meses de edad. El microchip lo colocará un veterinario colaborador, que tendrá un máximo de 72 horas para registrar esa identificación en el RIAC.

En La Rioja se configura el RIAC, dependiente de la Consejería de Agricultura, Ganadería, Mundo Rural y Medio Ambiente, como registro público de control. Mediante un convenio de colaboración, la gestión cotidiana del registro recae en el Colegio de Veterinarios de La Rioja, aunque la competencia última continúa en manos de la Consejería.

Posteriormente, otro decreto Ley 7/2023, de 28 de marzo, de Protección de los Derechos y el Bienestar de los animales, refuerza este marco. Según el artículo 51 de esta norma estatal, serán obligatoriamente identificados mediante microchip los perros, gatos y hurones, y las aves se identificarán mediante anillado desde su nacimiento. La inscripción de todos los animales de compañía se hará en el Registro de Animales de Compañía de cada comunidad autónoma.

De acuerdo con esta ley nacional, la identificación con microchip de los hurones es obligatoria en todo caso, pero los animales auxiliares de caza (entre ellos los hurones) quedan expresamente fuera del ámbito de aplicación de la norma (art.1.3 e).

Una vez que la nueva norma europea entre en vigor, los vendedores, criadores y refugios contarán con un plazo de cuatro años para ajustarse a las nuevas condiciones de bienestar. Para los propietarios de animales de compañía que no se destinan a la venta, el margen será mayor: 10 años en el caso de los perros y 15 años en el de los gatos.

Las mismas reglas de trazabilidad y bienestar se aplicarán a los animales importados, que deberán ir identificados con microchip y ser inscritos, en un máximo de cinco días desde su llegada al territorio comunitario, en alguna de las bases de datos nacionales de la UE, interconectadas entre sí para reforzar el control del movimiento de animales.

En los desplazamientos sin fines comerciales, los perros y gatos procedentes de países terceros deberán ser registrados por su propietario, igualmente en un plazo máximo de cinco días, en una base de datos de viajeros con mascotas de la UE que se creará en el marco de esta legislación.

RESTRICCIONES A LA CRÍA

La nueva ley europea regulará la cría de perros y gatos, fijando, por ejemplo, un límite en la frecuencia de las camadas y una edad mínima y máxima para la reproducción. También se prohibirán prácticas como la endogamia, salvo cuando resulte imprescindible para conservar razas locales con un acervo genético reducido, o el cruce de razas con especies silvestres.

Las mutilaciones dolorosas como el corte de orejas, la amputación de la cola o la extracción de garras quedarán vetadas, salvo cuando exista una “prescripción médica” que lo justifique.

Se deberá garantizar el bienestar del animal proporcionándole “suficiente agua limpia y fresca y comida”, así como unas condiciones de alojamiento adecuadas.

Igualmente se regulan aspectos como que los perros de más de ocho semanas tengan acceso diario a un espacio exterior o salgan a pasear todos los días.

En lo relativo a los operadores o centros como refugios, las normas exigirán que todos los animales cuenten con microchip y estén inscritos en bases de datos nacionales antes de ser vendidos o entregados en adopción.

Las personas cuidadoras deberán disponer de una formación adecuada sobre el comportamiento y las necesidades de los animales que atienden y se garantizarán visitas veterinarias en los establecimientos donde se alojen perros y gatos.

También se fijan obligaciones como que el vendedor o refugio que entrega un animal informe de manera suficiente a quien lo adopta sobre las responsabilidades de una tenencia “responsable” y que los operadores no puedan abandonar gatos ni perros. Tampoco se permitirá destinar a la reproducción a perras y gatas que hayan pasado ya por dos cesáreas.

Asimismo, quedarán excluidos de la cría los ejemplares con rasgos extremos, a fin de evitar que esos caracteres se transmitan a futuras generaciones cuando exista un alto riesgo de perjuicio para su bienestar o el de su descendencia.

Los perros y gatos con “rasgos malformaciones extremas o mutilaciones” no podrán participar en competiciones, espectáculos o exhibiciones.