Estar exento no significa que esté prohibido presentar la declaración, pero sí que no existe obligación legal de hacerlo si se cumplen determinados requisitos. Estos son los escenarios clave que Hacienda tendrá en cuenta este ejercicio.
Un solo pagador: el límite sigue en 22.000 euros
Cuando la pensión procede exclusivamente de la Seguridad Social y no existen otros ingresos, el umbral para quedar exento de presentar la Renta se mantiene en 22.000 euros anuales.
Es la situación más habitual entre los pensionistas en España. Si durante 2025 no se superó esa cantidad, no será obligatorio rendir cuentas con Hacienda en 2026.
Dos pagadores: el umbral baja a 15.876 euros
El escenario cambia si, además de la pensión pública, existe un segundo pagador, como un plan de pensiones rescatado, una pensión del extranjero o determinadas prestaciones complementarias.
En estos casos, si el segundo pagador ha abonado más de 1.500 euros al año, el límite de ingresos para quedar exento baja hasta 15.876 euros anuales. Esta cifra se ha ajustado en línea con el incremento del Salario Mínimo Interprofesional, con el objetivo de no penalizar a quienes perciben rentas bajas.
Pensiones que están exentas de IRPF por ley
Hay determinados tipos de pensión que no tributan nunca, independientemente de su importe. Si el pensionista solo percibe una de estas rentas, Hacienda no las computa para calcular la obligación de declarar:
- Pensiones por Incapacidad Permanente Absoluta o Gran Invalidez
- Prestaciones derivadas de actos de terrorismo
- Ayudas por dependencia o acogimiento familiar
- Pensiones de orfandad, en la mayoría de los supuestos
Eso sí, la exención se pierde si existen otros ingresos relevantes, como rendimientos del alquiler, dividendos o letras del Tesoro que superen 1.000 euros anuales.
Ingreso Mínimo Vital: obligación de declarar en todos los casos
Los pensionistas que perciban el Ingreso Mínimo Vital (IMV) deben presentar la declaración obligatoriamente, aunque no tengan ingresos adicionales o el resultado sea cero.
Se trata de un requisito administrativo imprescindible para que la Seguridad Social pueda comprobar que se mantienen las condiciones de acceso a la prestación durante 2026.
Aunque estés exento, puede interesarte declarar
Expertos fiscales recuerdan que estar exento no siempre es sinónimo de no presentar la Renta. Si durante el año se aplicaron retenciones en la pensión, es posible que el resultado salga a devolver. Por eso, el consejo habitual es consultar el borrador antes de tomar una decisión definitiva. En algunas comunidades autónomas, además, existen deducciones adicionales -por vivienda o gastos sanitarios- que pueden inclinar la balanza a favor de presentar la declaración, incluso sin obligación legal.