El Gobierno de Cantabria, presidido por el PP, ha celebrado que la Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia de Santander haya aceptado su solicitud y suspenda de forma cautelar la orden dictada por la alcaldesa de Cartes, Lorena Cueto (PSOE), que exigía la paralización inmediata del centro de acogida para menores migrantes ubicado en el municipio y que, según el Ejecutivo regional, “podría haber causado un perjuicio irreparable”.
En una nota pública, el Ejecutivo autonómico ha valorado que con esta decisión judicial se garantiza “la continuidad de la atención, protección y cuidado de los menores” mientras se tramita y resuelve el procedimiento principal en los tribunales.
La consejera de Inclusión Social, Juventud, Familias e Igualdad, Begoña Gómez del Río, ha remarcado que la resolución “pone en el centro el interés superior del menor, que debe prevalecer siempre sobre cualquier otra consideración urbanística”, y ha insistido en que el Gobierno cántabro actuó desde el inicio “con responsabilidad institucional, rigor jurídico y sentido de urgencia para cumplir con la ley”.
En esta línea, ha explicado que el Ejecutivo acudió a la vía judicial porque “la orden de paralización municipal no se ha retirado y podía generar un daño inmediato e irreversible para la protección de los menores”, al tiempo que ha advertido de que la decisión del Ayuntamiento de ordenar la paralización “tiene efectos inmediatos que podían afectar gravemente a los menores y generar indefensión”.
Por este motivo, ha defendido que el Gobierno regional “acudió directamente” a los tribunales para asegurar que el recurso de acogida continuara operativo. El Juzgado ha apreciado “circunstancias de especial urgencia” y ha acordado suspender de manera temporal la orden municipal, de modo que “la vivienda puede seguir funcionando” mientras se determina el fondo del asunto.
El Ayuntamiento de Cartes dispone ahora de un plazo de tres días para presentar sus alegaciones. Una vez concluido ese periodo, el juez dictará un nuevo auto en el que decidirá si mantiene, modifica o levanta la medida cautelar hasta que se emita sentencia definitiva.
El Ejecutivo autonómico ha incidido en que la adopción de estas medidas cautelarísimas obedece a “un criterio excepcional, reservado a situaciones de urgencia extraordinaria”, y que su objetivo es “preservar derechos fundamentales y evitar daños irreparables”, en este caso los de los menores de edad que se encuentran bajo tutela pública.