Castilla y León acudirá a las urnas este domingo, 15 de marzo, para celebrar las elecciones autonómicas en las que se designará a los 82 miembros que integrarán la XII Legislatura. En esta comunidad, estos representantes reciben la denominación de “procuradores” en lugar de “diputados”, a diferencia de lo que ocurre en la mayoría de parlamentos del país.
Esta singularidad responde a la pervivencia de la tradición histórica de las antiguas Cortes de Castilla, en las que los enviados de las ciudades y de las villas eran conocidos precisamente como procuradores. El Estatuto de Autonomía de Castilla y León decidió conservar esta denominación clásica para distinguirla del término “diputado”, generalizado en el ámbito estatal desde 1978. “Con ello se pretende vincular nuestra institución con la tradición histórica, al utilizar el mismo término que se reservaba a los representantes de las ciudades en la antigua Corona de Castilla”, explican desde el Parlamento.
Las Cortes de Castilla constituyeron la asamblea representativa estamental de la Corona de Castilla durante la Edad Media y, al igual que otros parlamentos europeos de la época, sus procuradores se organizaban por brazos: el eclesiástico, el nobiliario y el común, que agrupaba a un conjunto de ciudades con derecho de voto. El llamado estado llano comenzó a participar en estas Cortes mediante sus procuradores a partir de las Cortes de León de 1188, bajo el reinado de Alfonso IX de León.
El vocablo “procurador” procede del latín “procurãtor” y alude a la “procura” y a la persona que actúa en nombre de otra. Su origen se sitúa en la antigua Roma, donde el procurador intervenía como representante del litigante cuando este no podía comparecer, aunque no se trataba de un procurador procesal en el sentido actual, sino más bien de alguien de especial confianza.
Con el tiempo, la figura del “procurãtor” romano evolucionó hacia la del “personero”, que asumía funciones similares de comparecencia y representación jurídica. Estos personeros eran elegidos y nombrados ante escribano público o ante el alcalde, mediante un documento escrito y firmado que les confería poderes de representación.
Ya en la época contemporánea, el término “procurador” fue adoptado por las Cortes franquistas (1943-1977) para marcar distancias con la tradición liberal del parlamentarismo español, que desde la Constitución de 1812 había optado por el concepto de “diputado”. Tras la recuperación de la democracia, se retomó oficialmente esta última denominación en el ámbito nacional.
En la actualidad, quienes resulten elegidos como procuradores en Castilla y León en los comicios del 15 de marzo deberán presentar en el Registro General de las Cortes la credencial emitida por el órgano competente de la Administración Electoral para adquirir plenamente su condición de miembros de la Cámara.
Asimismo, tendrán que cumplimentar la declaración para el examen de incompatibilidades, incluyendo los datos relativos a su profesión y a los cargos públicos que ejerzan, con el fin de garantizar la transparencia y el cumplimiento de la normativa vigente.
Finalmente, en la sesión constitutiva o, si no fuera posible, en la primera sesión plenaria a la que asistan, deberán formular el juramento o promesa de acatar la Constitución y el Estatuto de Autonomía, último paso para asumir de forma efectiva el cargo de procurador en las Cortes de Castilla y León.