La Mesa del Senado ha dado luz verde a unas directrices pioneras sobre el uso de la Inteligencia Artificial (IA) en la Cámara Alta, convirtiéndose en la primera institución parlamentaria española en contar con una regulación específica. El texto promueve que los senadores empleen la IA en su labor parlamentaria, siempre bajo principios éticos y jurídicos, como la supervisión humana y la protección de la privacidad.
Según recoge esta norma interna, a la que ha tenido acceso Europa Press, se regula la utilización de los sistemas de Inteligencia Artificial en la Cámara Alta “con el objetivo de incrementar la eficiencia y calidad de sus funciones constitucionales y de su gestión administrativa”.
Las directrices afectan tanto a los senadores como al resto del personal que trabaja en la institución y persiguen extender y facilitar el uso de la IA en el Senado. Al mismo tiempo, fijan los criterios éticos y legales para su correcta utilización: supervisión humana, privacidad, protección de datos personales y transparencia, entre otros aspectos.
En este marco, el Senado se ha dotado de estándares propios para la compra y puesta en marcha de sistemas de IA que “maximicen” el respeto a los principios éticos, jurídicos y de organización incluidos en estas directrices.
La norma también prevé la implantación de un plan de formación continua para todo el personal de la Cámara Alta, con el fin de que conozcan los riesgos y limitaciones de los sistemas que utilicen, así como sus capacidades y funcionalidades.
Mientras el Congreso todavía no ha aprobado unas pautas similares, sí ha puesto en marcha hace un mes un concurso para renovar su infraestructura tecnológica de virtualización y contratar una plataforma de inteligencia artificial, con un presupuesto base de 2,7 millones de euros.
¿Cómo se aplicará la IA en el Senado?
La adquisición y despliegue de herramientas de IA estará bajo la supervisión de la Comisión de Seguridad de la Información del Senado. Antes de poner en marcha cualquier sistema, se realizará, cuando proceda, una evaluación de impacto para analizar sus efectos.
Los sistemas de IA que se incorporen a la Cámara deberán disponer de una documentación técnica completa, en la que se detallen la arquitectura, las fuentes de datos y los datos empleados en el entrenamiento, la lógica algorítmica, los mecanismos de corrección y las medidas de mitigación de riesgos.
La Cámara Alta formará perfiles técnicos especializados en IA dentro de la Dirección de Tecnologías de la Información y de las Comunicaciones, y, cuando sea necesario, impulsará otros perfiles específicos en las distintas direcciones de la Secretaría General.
Limitaciones y salvaguardas
El Senado establece que bajo “ninguna circunstancia” se introducirá en un sistema de IA información sujeta a secreto parlamentario, incluso si dicho sistema ha sido autorizado por la institución y opera con datos que no son públicos.
La información reservada por no ser todavía pública, así como la protegida por derechos de propiedad intelectual o industrial, no se incorporará en ningún caso a sistemas de IA públicos. Solo se podrá utilizar en sistemas de IA autorizados por el Senado que funcionen con información no pública cuando sea estrictamente imprescindible y previa consulta a la persona superior jerárquica correspondiente.
La Secretaría General elaborará cada año un informe sobre el uso de IA en el Senado, que se remitirá a la Comisión de Seguridad de la Información, se elevará a la Mesa de la Cámara y, cuando proceda, se publicará en el Portal de Transparencia del Senado. Este documento incluirá, entre otros extremos, usos concretos, estadísticas, evaluación de sistemas, incidencias detectadas y mejoras aplicadas.
Las nuevas directrices entrarán en vigor dentro de dos meses. En un plazo máximo de seis meses, los sistemas de IA que ya estén operativos en el Senado deberán estar completamente adaptados a estas reglas.