El Congreso mantiene la suspensión de Ábalos al no variar su situación judicial

La Mesa del Congreso mantiene la suspensión de José Luis Ábalos como diputado al seguir en prisión preventiva y no variar su situación procesal.

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La Mesa del Congreso ha vuelto a rechazar este jueves la petición del exministro socialista José Luis Ábalos, formulada el 31 de diciembre de 2025, para que se le restituyeran sus derechos y obligaciones como diputado mientras el Tribunal Supremo decide si continúa o no en prisión preventiva, al entender que su situación procesal sigue siendo la misma.

Este mismo jueves, el Tribunal Supremo debe resolver el recurso de apelación presentado por Ábalos ante la Sala Segunda, en el que reclama la revocación de la prisión provisional y su excarcelación, alegando la "ausencia de indicios" delictivos, la "ausencia de riesgo de fuga", la "vulneración del derecho de representación política" y el "uso de la prisión provisional para fines ajenos a la institución procesal".

En el escrito fechado el 31 de diciembre y difundido el pasado día 6 en su perfil de 'X', el exdirigente del PSOE detalla que la decisión de la Cámara implica "la pérdida del derecho a la asignación económica" y de "toda ayuda o indemnización por gastos" vinculados a su labor parlamentaria, dejándole "sin los ingresos procedentes del Congreso" y sin sus cotizaciones a la Seguridad Social y a las mutualidades.

Ábalos critica la suspensión y su impacto en el escaño

Ábalos insistía además en que la "gravedad fundamental" del acuerdo de la Mesa radicaba en la "pérdida" de su voto y en la "alteración del número de diputados del Congreso", que con su suspensión pasa de 350 a 349. Por ello solicitaba al órgano que preside Francina Armengol que revisara una decisión que considera adoptada con "precipitación y premura" y que le devolviera sus derechos y deberes como parlamentario.

No obstante, en la reunión celebrada este jueves, la Mesa del Congreso ha vuelto a desestimar la reclamación de Ábalos, dado que la orden de prisión provisional dictada por el Supremo el 27 de noviembre continúa en vigor y, en consecuencia, no se ha producido ningún cambio en su situación, según indicaron fuentes parlamentarias.

El pasado 10 de diciembre, la Mesa del Congreso acordó por unanimidad suspender a Ábalos en el ejercicio de su escaño, es decir, en sus derechos y deberes como miembro del Grupo Mixto, "por concurrir las circunstancias necesarias para la aplicación del artículo 21 del Reglamento".

Aplicación del artículo 21 y efectos de la prisión preventiva

Dicho precepto establece que "los diputados y diputadas quedarán suspendidos en sus derechos y deberes cuando, concedida por la Cámara la autorización objeto de un suplicatorio y firme el auto de procesamiento, se hallaren en situación de prisión preventiva y mientras dure ésta".

"Por lo tanto, la concurrencia del requisito de que el diputado se encuentre en prisión preventiva ha de entenderse cumplida sin perjuicio de que el mismo pueda recurrir el auto en cuestión y lograr, en su caso, su puesta en libertad", sostienen los letrados de la Cámara, que precisan que sólo cuando conste que Ábalos ha sido excarcelado, la Mesa del Congreso "pondrá fin a la situación de suspensión previamente acordada".

Subrayan, además, que "a día de hoy se mantienen los requisitos exigidos en el artículo 21 del Reglamento del Congreso" para mantener la suspensión en el ejercicio del escaño y, por ende, en el conjunto de derechos y obligaciones que fijan las normas parlamentarias.