Ángel Gabilondo, el Defensor del Pueblo, ha explicado en el Congreso que su decisión de presentar un recurso de inconstitucionalidad contra ciertas disposiciones de la Ley 1/2025 de Prevención de las Pérdidas y el Desperdicio Alimentario no implica una postura sobre el nivel de protección del lobo. Gabilondo ha subrayado que la medida busca simplemente asegurar que se respeten los preceptos constitucionales.
Después de analizar la legislación y recibir 279 solicitudes de recurso, Gabilondo optó por impugnar tres aspectos de la ley, promulgada el 1 de abril. Específicamente, apuesta por resolver la situación según los artículos 45 y 24.1 de la Constitución Española, que respectivamente garantizan el derecho al medioambiente y el derecho a la tutela judicial efectiva.
“Quiero insistir en que la actuación del Defensor del Pueblo con su recurso de inconstitucionalidad no tiene como objetivo posicionarse ni a favor ni en contra de una mayor o menor protección del lobo en España, asunto sin duda de enorme interés. Está a favor de que tal cuestión se derima de acuerdo con las exigencias que se derivan de los artículos 45 y 24.1 de la Constitución y por tanto ponderando todos los valores constitucionales protegibles en juego. Si desea hacerse, a juicio del defensor, este no es el modo de hacerlo”.
Gabilondo también ha enfatizado la necesidad de que las administraciones establezcan un sistema de compensaciones justo y eficaz para los ganaderos afectados por ataques de lobos, además de medidas preventivas adecuadas.
El Defensor del Pueblo ha destacado que los artículos impugnados en su recurso facilitan la caza de lobos bajo ciertas condiciones, lo que podría minar la protección de esta especie según la ley de Patrimonio Natural y de la Biodiversidad. Además, ha criticado ciertas disposiciones por no cumplir con el mandato constitucional de equilibrar la actividad económica con la protección ambiental, y ha expresado preocupaciones sobre la constitucionalidad de desproteger al lobo a través de esta legislación.
