El Defensor del Pueblo ha instado a impulsar cambios en la normativa deportiva vigente, “con la finalidad de garantizar el derecho de los menores extranjeros a obtener licencias federativas en condiciones de igualdad y con independencia de su situación administrativa en España”.
Esta petición figura en el Informe Anual de actividad de 2025 de la institución, entregado este martes por el Defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, a la presidenta del Congreso de los Diputados, Francina Armengol.
En el documento, al que ha tenido acceso Europa Press, se detalla que la iniciativa nace del examen de los preceptos de la Ley 39/2022, de 30 de diciembre, del Deporte, que regulan el acceso de extranjeros sin residencia legal al deporte federado.
Al respecto, el Defensor explica que, aunque no interpuso recurso de inconstitucionalidad, formuló una recomendación “por estimar que una interpretación sistemática y finalista de los preceptos de la norma lleva necesariamente a entender que la ley no niega a los extranjeros sin residencia legal la titularidad del derecho, con la finalidad de evitar prácticas contrarias a su ejercicio”.
En un primer momento, la Administración mostró su conformidad con esta recomendación. Sin embargo, más adelante señaló que sería preciso abordar una reforma normativa, extremo que ya se recogía en los informes anuales del Defensor del Pueblo correspondientes a 2023 y 2024.
Asimismo, el texto subraya que el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha adquirido el compromiso de promover, “con la mayor celeridad posible”, las modificaciones legales oportunas para suprimir la exigencia de residencia legal en España, de modo que se garantice un acceso equitativo al deporte.
Por otra parte, el Defensor del Pueblo volvió a trasladar al Consejo Superior de Deportes la “posible situación de indefensión” en la que pueden encontrarse los deportistas que sufren un accidente y sus familias, ante “la falta de aplicación efectiva del seguro obligatorio y la necesidad de actualizar su regulación”.
Como resultado de esta actuación, se modificó el precepto legal implicado y se estableció un plazo de seis meses, a contar desde el 25 de julio de 2025, para completar su desarrollo reglamentario.