El Congreso someterá este jueves, 11 de diciembre, a su revisión definitiva la Ley de Servicios de Atención a la Clientela, con la votación de las enmiendas incorporadas por el Senado al texto original, pero quedará fuera la modificación que el PP impulsó en la Cámara Alta para reducir el IVA de los alimentos básicos.
Este debate constituye el último paso en las Cortes antes de que la norma se publique en el Boletín Oficial del Estado (BOE). La iniciativa que con total seguridad no llegará a entrar en vigor dentro de esta ley es la rebaja, entre enero y junio de 2026, del IVA aplicable a carnes, pescados, conservas, leches y huevos.
El Gobierno ha logrado finalmente bloquear esta propuesta defendida por el PP, al considerar que implicaría una merma de ingresos para la Administración de 3.780 millones de euros.
En un primer momento, el Ejecutivo ya trató de frenar en el Senado dicha enmienda, apelando a la facultad que la Constitución le otorga para vetar cualquier iniciativa legislativa que conlleve “un aumento de los créditos o una disminución de los ingresos presupuestarios”.
El Gobierno argumentaba que la medida ocasionaría una pérdida de recursos para la Administración General del Estado de 3.780 millones de euros. No obstante, la Mesa de la Cámara Alta, con mayoría del PP, desatendió el escrito de disconformidad y permitió que la enmienda continuara su tramitación sin obstáculos en el Senado, donde terminó siendo aprobada en el Pleno.
La situación cambió cuando el texto regresó al Congreso. El Ejecutivo volvió a registrar el veto esgrimiendo idénticas razones de carácter presupuestario. En esta ocasión, la Mesa de la Cámara Baja, controlada por PSOE y Sumar, sí aceptó el veto en una reunión celebrada el martes tras la sesión plenaria, dejando fuera la rebaja fiscal.
SE REBAJAN LAS OBLIGACIONES EN LENGUAS COOFICIALES
Entre las enmiendas que sí se someterán a votación en el Congreso figura la reducción de las obligaciones que deberán asumir las empresas para prestar servicio en las distintas lenguas cooficiales del Estado. Así, las consultas, quejas o reclamaciones en lenguas cooficiales “sólo será exigible cuando la relación de atención al cliente se produzca dentro del territorio de la correspondiente comunidad autónoma con lengua cooficial”.
Durante su tramitación en el Senado también se ha modificado en la ley la denominación “clientela” por “cliente” y “personas consumidoras vulnerables” por “consumidores en situación de vulnerabilidad”; se ha ampliado el plazo máximo para responder a las reclamaciones de los clientes, que pasa de 15 a 30 días hábiles; y se extienden a la Administración General del Estado, así como a sus empresas y sociedades, las mismas exigencias que deberán cumplir las compañías privadas. Todas estas modificaciones deberán recibir ahora el visto bueno definitivo del Congreso.











