Sumar reprocha al Gobierno el bloqueo del desarrollo de la Ley Trans para migrantes trans en España

Sumar exige al Gobierno que active el reglamento pendiente de la Ley Trans para adaptar la documentación de personas migrantes trans en situación regular.

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Sumar reprocha al Gobierno el bloqueo del desarrollo de la Ley Trans para migrantes trans en España

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Sumar ha reprochado al Gobierno que siga sin desplegar el desarrollo normativo de la Ley Trans necesario para adaptar la documentación de las personas migrantes trans que se encuentran en situación administrativa regular en España y que ya hayan llevado a cabo la rectificación registral en su país de origen.

Las diputadas de Sumar Viviane Ogou y Júlia Boada han registrado en el Congreso una batería de preguntas para aclarar por qué no se ha puesto en marcha la vía reglamentaria prevista en el artículo 50 de la ley para la igualdad real y efectiva de las personas trans y para la garantía de los derechos de las personas LGTBI, conocida como Ley Trans, que prevé la adecuación de la documentación expedida a personas extranjeras.

El grupo parlamentario recuerda que la disposición final decimonovena de la norma establece que “se faculta al Gobierno para dictar cuantas disposiciones resulten necesarias para el desarrollo y ejecución de esta ley, lo que habrá de realizar en el plazo de un año desde su entrada en vigor”.

Casi dos años después de la entrada en vigor de la ley, Sumar critica que el Ejecutivo no haya articulado reglamentariamente los procedimientos mencionados en el artículo 50.2, que indica: “Las Administraciones públicas, en el ámbito de sus respectivas competencias, habrán de habilitar procedimientos de adecuación de los documentos expedidos a los extranjeros que se encuentren en situación administrativa regular en España, que hayan procedido a realizar la rectificación registral correspondiente en su país de origen”.

Según advierten organizaciones de apoyo a colectivos LGTBI, esta ausencia de desarrollo reglamentario “está generando no solo una evidente inseguridad jurídica en las tramitaciones sino situaciones de clara discriminación derivadas de la no reglamentación de los procedimientos, con diferentes casos en los que las personas afectadas incluso teniendo reconocido el derecho de asilo con motivo de su condición y el peligro que comportaba seguir viviendo en el país de origen no han podido realizar los trámites registrales relacionados con su cambio de nombre y sexo”.

En coherencia con estas críticas, Sumar interroga al Gobierno sobre si maneja un calendario concreto para la presentación y aprobación de este reglamento y solicita que se aclare qué Ministerio es el competente para elevar el texto que permita activar por vía reglamentaria los procedimientos contemplados en el artículo 50.2 de la Ley Trans en el ámbito de la Administración General del Estado.