El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha hecho pública este miércoles la concesión de la nacionalidad española, mediante el procedimiento exprés, al dirigente opositor venezolano Leopoldo López, en aplicación de lo acordado en la última reunión ordinaria del Consejo de Ministros.
Según detalla el BOE, la obtención de la nacionalidad se aprueba “a propuesta” del ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Félix Bolaños, y teniendo en cuenta “las circunstancias excepcionales que concurren” en la figura de Leopoldo López.
El propio texto oficial precisa que “esta concesión producirá efectos con los requisitos, las condiciones y los plazos previstos en el Código Civil”, dejando claro que el procedimiento se ajusta al marco jurídico vigente.
El ministro de Asuntos Exteriores, José Manuel Albares, ya había confirmado la iniciativa de otorgar la nacionalidad española por vía exprés al opositor venezolano, justificando la medida en la imposibilidad de que este pueda disponer de documentación válida.
Albares detalló que se ha recurrido a la fórmula de la carta de naturaleza porque, debido a la “situación tan especial” en la que se encuentra el dirigente opositor, “era imposible producir” los documentos requeridos. El ministro aludía así, sin mencionarlo de forma directa, a que López no dispone de pasaporte y a que en Venezuela se inició un procedimiento para retirarle la nacionalidad.
“Por lo tanto, hemos decidido utilizar esa norma que está en el Código Civil español y se puede utilizar con total normalidad”, subrayó el titular de Exteriores, quien también recordó que el Ejecutivo permitió que Leopoldo López permaneciera durante año y medio “refugiado y protegido” en la Embajada de España en Caracas.
En la actualidad, López carece de pasaporte y no se le reconoce la nacionalidad en su propio país. A finales de 2025 solicitó que se le otorgara la nacionalidad española mediante esta vía exprés, después de haber intentado previamente conseguirla por el cauce ordinario sin éxito.