El Tribunal Constitucional (TC) ha dejado sin efecto dos sentencias del Tribunal Supremo (TS) que habían anulado el nombramiento de Eduardo Esteban Rincón como fiscal de Sala de Menores, designación que había sido acordada por la exfiscal general del Estado Dolores Delgado.
En una nota de prensa, la Corte de garantías, con ponencia del magistrado Ramón Sáez, comunica que estima los dos recursos de amparo promovidos por el propio fiscal afectado.
De acuerdo con el TC, aquellas resoluciones del Supremo, dictadas en julio de 2023, vulneraron “el derecho fundamental del recurrente en amparo a acceder en condiciones de igualdad a las funciones públicas”.
La sentencia explica que la exfiscal general trasladó al Consejo de Ministros que el cargo “no exigía de actuaciones ante los órganos judiciales sino de tareas de organización, unificación de criterios y dirección de la actividad de los fiscales de menores en todo el territorio del Estado”, lo que “atribuye singular importancia a la experiencia del candidato en áreas organizativas e institucionales”.
Asimismo, precisa que el designado “se integraría en la Junta de Fiscales de Sala, órgano que asiste al Fiscal General, con funciones de asesoramiento en todo tipo de materias”.
El Supremo cuestionó la propuesta de Delgado
El TC destaca que el recurrente “había dirigido como fiscal jefe de Madrid la actividad de las secciones de reforma y protección de menores de mayor tamaño de España”. A juicio del Constitucional, el Supremo rechazó “la pertinencia de los criterios ofrecidos” por Delgado.
“Las sentencias anularon el nombramiento al considerar que este pivotaba sobre la mayor especialización en menores pues la plaza tenía un perfil bien determinado, de modo que descartaba sin apoyo en la ley ni justificación el resto de criterios que había explicitado la propuesta de nombramiento”, recoge la resolución del TC.
Alcance de la restitución del fiscal de Sala
El Constitucional aclara que la nulidad de las sentencias “implica exclusivamente la restitución del recurrente de amparo en la condición de fiscal de sala”. Añade que ello se produce “sin efectos sobre la plaza de fiscal de sala coordinador del área de menores que fue adjudicada en un concurso posterior a otro fiscal”.
La resolución se ha adoptado con el voto particular de los magistrados Ricardo Enríquez, Enrique Arnaldo, Concepción Espejel y José María Macías Castaño, mientras que se han abstenido el presidente, Cándido Conde-Poumpido, y el magistrado César Tolosa Tribiño.