Ejercer una actividad en despachos legales, consultoras, organizaciones empresariales o agencias de asuntos públicos son varias de las salidas profesionales con las que cuentan altos cargos del Gobierno y los parlamentarios de las Cortes Generales una vez abandonan la actividad política. Ese salto del sector público al privado es lo que popularmente se conoce puertas giratorias, especialmente cuando las personas que las protagonizan pasan a trabajar en un ámbito o sector sobre el que antes se han tenido competencias políticas o sobre el que han regulado. Mientras que para los altos cargos ya existen limitaciones, el Congreso trabaja para introducirlas en el Legislativo.
Así, la proposición de Ley de reforma del Reglamento de la Cámara Baja para regular las relaciones con los grupos de interés, los denominados lobbies, que se encuentra en tramitación y cuyo plazo para registrar enmiendas terminó hace unos días, plantea la prohibición de «actuar en representación de los grupos de interés» a quienes hayan sido miembros de las Cortes en los dos años anteriores, misma restricción que se aplicaría a los altos cargos del Gobierno de España. Esta propuesta contenida en el texto de reforma que planteó el PSOE es insuficiente para Esquerra Republicana de Catalunya (ERC) y EH Bildu, que piden doblar los tiempos.
Nuevo para parlamentarios, más duro para el Ejecutivo
Con una enmienda conjunta (la número 24) a la proposición de Ley de reforma del Reglamento, los grupos parlamentarios Republicano y de Euskal Herria Bildu quieren que se modifique la redacción del Código de conducta de los grupos de interés propuesto por los socialistas. En concreto el artículo 3.4, donde se especifican las limitaciones para ejercer la labor de lobby ante miembros del Congreso, para que diputados, senadores y altos cargos del Ejecutivo tengan que esperar cuatro años desde su cese, tal y como figura en el documento registrado en la Cámara Baja y al que ha tenido acceso Demócrata.
La prohibición temporal para actuar como lobbista es una de las novedades que trae la reforma de la norma por la que se rige el funcionamiento de la Cámara. En estos momentos no existe impedimento legal alguno por el que los parlamentarios nacionales no puedan ganarse así la vida desde el día siguiente al que pierden el acta, una situación que cambiará una vez entre en vigor el nuevo Reglamento, cuya aprobación se espera para los próximos meses. En el supuesto de que durante los trabajos de ponencia se aceptara la enmienda de ERC y EH Bildu, diputados y senadores tendrían que esperar el equivalente a una legislatura ordinaria de las Cortes.
En el caso de los altos cargos del Gobierno de España, la Ley reguladora del ejercicio del alto cargo de la Administración del Estado, sí contempla un régimen de conflictos de intereses y de incompatibilidades. El artículo 15, establece que los altos cargos, «durante los dos años siguientes» a su cese, «no podrán prestar servicios en entidades privadas que hayan resultado afectadas por decisiones en las que hayan participado».
No obstante, el Código de conducta que se tramita para la relación con el Congreso extiende los límites a toda actividad de influencia, sin importar el sector profesional o las materias sobre las que se hayan tenido competencias públicas, un endurecimiento que sería aún mayor de prosperar las demandas de las formaciones vasca y catalana.
Evitar las puertas giratorias
Los independentistas explican que el aumento del periodo de incompatibilidad para antiguos miembros del Gobierno, del Congreso o el Senado es una respuesta a la «demanda ciudadana de evitar» el fenómeno de las puertas giratorias. ERC y EH Bildu defienden también que su enmienda para endurecer el ejercicio profesional en representación de grupos de interés va en la línea de las recomendaciones internacionales en materia de buen gobierno y lucha contra la corrupción.
«Se refuerzan las garantías de integridad y se previenen posibles conflictos de interés», lo que asegura «un marco más ético y transparente en la relación entre el sector público y los grupos de interés», justifican en el texto de la enmienda.
Se refieren así a informes como los del Grupo de Estados contra la corrupción (GRECO) del Consejo de Europa o de la propia Comisión de Europa sobre el Estado de Derecho en los Estados miembro, que desde hace años reprenden de forma continuada a España por la falta de regulación de los lobbies.
