España ha finalizado el proceso mediante el cual se catalogan como crímenes de guerra, incluyendo el uso intencionado del hambre entre civiles en conflictos no internacionales, para igualarlos con los ya reconocidos en conflictos internacionales.
El viernes anterior, el Gobierno presentó en la sede de las Naciones Unidas en Nueva York el instrumento de ratificación de las modificaciones a distintas secciones del artículo 8.2 del Estatuto de Roma, que establece el Tribunal Penal Internacional (TPI), según informó el Ministerio de Asuntos Exteriores.
Este acto culmina el procedimiento que comenzó el 1 de abril con la aprobación del anteproyecto de ley orgánica que autoriza esta ratificación de cuatro enmiendas al mencionado artículo.
Las enmiendas ahora ratificadas por España “persiguen mejorar y precisar las definiciones de los crímenes de guerra, incluyendo el uso de armamento particularmente lesivo (ciertas armas biológicas, de fragmentos no localizables y armas láser cegadoras) en conflictos tanto internacionales como internos, así como el uso deliberado del hambre como arma de guerra en conflictos de índole no internacional, equiparándolos así con los de carácter internacional para los que el Estatuto de Roma ya prevé una norma idéntica”.
“La ratificación de estas enmiendas es muestra del firme compromiso de España con la lucha contra la impunidad y con la labor del TPI, piedra angular del sistema de justicia penal universal, frente a los más graves crímenes cometidos contra la humanidad”, reivindicó Exteriores en su comunicado.
España ratificó el Estatuto de Roma el 24 de octubre de 2000 y este entró en vigor el 1 de julio de 2002. Posteriormente, la Asamblea de Estados parte adoptó dos resoluciones, en 2017 y 2019, que incluyen cuatro enmiendas respecto a los crímenes de guerra que se enumeran en el artículo 8.2.