El PSOE ha indicado que “respeta” la sentencia del Tribunal Supremo contra el ya exfiscal general del Estado Álvaro García Ortiz por revelación de secretos, aunque discrepa del fallo, y remarca en una nota que dos magistradas han formulado un voto particular en el que consideran que no queda suficientemente demostrada su responsabilidad penal.
Tras hacerse público este martes el contenido íntegro de la resolución, el PSOE destaca que ese voto discrepante subraya que la sentencia “no describe ni cómo, ni dónde, ni a través de qué medios” se habría producido la presunta “intervención directa” del Fiscal General ni su “conocimiento y colaboración con un tercero”.
Los socialistas ponen el acento, además, en que las dos magistradas disidentes alertan de que el fallo no aclara de qué manera García Ortiz pudo “promover, realizar, ejecutar o llevar a efecto” la filtración, ni cómo habría transmitido personalmente esos datos reservados.
En paralelo, el partido vuelve a expresar su “reconocimiento” a García Ortiz “por su servicio público y su defensa de los principios” que sustentan la democracia, y reitera que la causa tiene su origen “de un presunto fraude fiscal” atribuido al novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso.
Asimismo, el PSOE manifiesta su inquietud por el hecho de que el texto completo de la sentencia se haya difundido “más de dos semanas después de conocerse el fallo”, algo que, a su entender, ha alimentado “la incertidumbre”.
Condena del Supremo por la filtración del correo y la nota oficial
La formación se pronuncia así después de que se conociera que una mayoría de cinco magistrados del Tribunal Supremo, de un total de siete, optó por condenar al entonces fiscal general por la filtración de la cadena de correos electrónicos en la que se detallaba el intento de acuerdo entre Alberto González Amador —pareja de Ayuso— y el Ministerio Público, así como por la posterior difusión de la nota de prensa.
En la resolución se afirma que “no puede responder a una noticia falsa mediante la comisión de un delito”, y se sostiene que existe un “cuadro probatorio sólido, coherente y concluyente” para atribuir a García Ortiz, o a alguien de su círculo más próximo, la filtración del correo remitido a la Cadena Ser en la noche del 13 de febrero.
La sentencia fundamenta igualmente la condena en la publicación, al día siguiente, de la nota de prensa emitida por la Fiscalía, donde se detallaba el intercambio de ‘emails’ entre la defensa de González Amador y el fiscal del procedimiento, Julián Salto, incluyendo el extremo de que este último reconocía la autoría de dos delitos fiscales.
Según el criterio del tribunal, la revelación de la información reservada se consuma tanto con la filtración del ‘email’ como con la difusión de la nota informativa, que forman “una unidad de acción”. “La nota consolida la filtración iniciada por el correo, en realidad la oficializa”, concluye el fallo.










