Este lunes comienza la atención presencial para la regularización extraordinaria de inmigrantes aprobada por el Gobierno. Oficinas de Correos, de la Seguridad Social y de Extranjería empiezan a atender a los solicitantes, siempre con cita previa y en horarios específicos habilitados para este trámite.
La medida llega después de que se abriera el plazo para la tramitación telemática y el sistema de citas. A partir de ahora, quienes opten por la vía presencial podrán acudir a más de 370 oficinas de Correos, más de 60 oficinas de la Seguridad Social y cinco oficinas de extranjería situadas en Madrid, Alicante, Valencia, Almería y Murcia. El proceso estará disponible hasta el próximo 30 de junio de 2026, tanto para solicitudes online como presenciales.
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Regularización de inmigrantes: todas las oficinas de la Seguridad Social habilitadas para solicitarla
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Dónde y cuándo se puede solicitar
Las solicitudes presenciales se atienden en distintos puntos y horarios:
- Oficinas de la Seguridad Social: de lunes a viernes, de 16:00 a 19:00 horas
- Oficinas de Extranjería: de lunes a viernes, de 16:00 a 19:00 horas
- Oficinas de Correos: de lunes a viernes, de 8:30 a 17:30 horas
Desde el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones insisten en que no se atenderá sin cita previa y que estos horarios se han organizado para no interferir en el resto de trámites habituales.
Cómo solicitar cita previa
Existen varias formas de pedir cita:
- A través del portal de la Regularización del Ministerio, utilizando el sistema Cl@ve, donde se puede elegir oficina, fecha y hora.
- Mediante un formulario web, en el que no se puede escoger cita concreta, ya que se asigna automáticamente la más cercana.
- Llamando al teléfono 060, con atención en español de lunes a viernes, de 09:30 a 14:00 y de 16:30 a 19:30.
Si no se dispone de Cl@ve, se pueden consultar los requisitos para obtenerlo o pedir a otra persona que realice la solicitud en nombre del interesado. Las comunicaciones posteriores se harán preferentemente por la misma vía utilizada, por lo que se recomienda rellenar correctamente los datos personales y de contacto. En caso de representación, las notificaciones se enviarán al representante.
Quién puede solicitar la regularización
Podrán acceder a este proceso quienes se encuentren en una de estas dos situaciones:
- Haber solicitado protección internacional en España antes del 1 de enero de 2026.
- Estar en situación administrativa irregular y haber llegado a España antes de esa misma fecha.