Sumar plantea regular el empleo de las personas presas con concursos públicos, control horario y referencia al salario mínimo

Sumar registra en el Congreso una PNL para equiparar los derechos laborales de las personas presas a los de cualquier trabajador en libertad.

3 minutos

Acceso a la cárcel de Lledoners, a 18 de marzo de 2024, en Sant Joan de Vilatorrada, Barcelona, Cataluña (España). Marc Trilla - Europa Press

Publicado

3 minutos

Sumar ha registrado en el Congreso una proposición no de ley orientada a mejorar las condiciones laborales de los presos que desempeñan trabajos en los centros penitenciarios. La iniciativa persigue que cada vacante se publique de forma transparente y que su cobertura se haga mediante un concurso público, además de impedir que una misma tarea pueda ser remunerada en unos casos y en otros no.

La propuesta, recogida por Europa Press y que se debatirá en la Comisión de Interior, reclama igualmente que se garantice a la persona presa que trabaja a tiempo parcial el derecho a disponer de un registro de horas realizadas en las mismas condiciones que la persona trabajadora en libertad.

Del mismo modo, Sumar defiende la implantación de un sistema de salarios que cumpla con lo previsto en la Ley Orgánica General Penitenciaria, de manera que el Salario Mínimo Interprofesional (SMI) sea realmente la referencia. También incorpora la necesidad de asegurar una reparación real y efectiva para el trabajador cuando una resolución administrativa o judicial declare contraria a derecho la extinción de la relación laboral.

Libertad sindical y Estatuto de los Trabajadores

En la misma línea, Sumar reclama que se reconozca a la persona presa trabajadora el derecho fundamental a la libertad sindical y que se aplique de forma supletoria el Estatuto de los Trabajadores para resolver conflictos no previstos en el Real Decreto, como las modificaciones de las condiciones de trabajo o las suspensiones.

Asimismo, propone que, si la prestación por desempleo generada resulta, en su conjunto, inferior al actual Ingreso Mínimo Vital (IMV) que ha pasado a sustituir al antiguo subsidio por excarcelación, el excarcelado "podrá optar entre ambas por la que considere más beneficiosa".

En la exposición de motivos, Sumar plantea que el acceso, desarrollo y finalización de la relación laboral de las personas reclusas se ajuste a los criterios exigidos para contratar personal laboral en la Administración, y que sus condiciones laborales alcancen unos estándares "propios de cualquier otra relación laboral".

"Desigualdad injustificada" y falta de transparencia

"Ante la desigualdad injustificada que existe entre las relaciones laborales de las personas presas respecto a las libres y ante las deficientes condiciones laborales en las que se desarrolla el trabajo en prisión, es precisa una equiparación de los derechos laborales de las personas trabajadoras presas respecto al trabajo en libertad. La inexistencia de sindicatos que acompañen a las personas privadas de libertad supone una dificultad añadida en la defensa de sus derechos", señalan.

El texto subraya que "la falta de transparencia en el acceso a los puestos de trabajo en prisión es absoluta" y recuerda que, según datos de 2024, solo un 20 % de la población penitenciaria tiene acceso a un empleo. Esto supone que apenas 11.000 de los 55.000 reclusos pueden trabajar, "reflejando así una gran brecha entre la gran demanda y la mínima oferta".

La iniciativa también detalla que no existe un sistema de control horario, que las retribuciones no alcanzan el SMI y que "se ha dado incluso el caso de que, encontrándose varias personas presas realizando el mismo trabajo, se retribuye a unas sí y a otras no alegando limitaciones presupuestarias".

En cuanto a la finalización del vínculo laboral, se indica que el interno que litiga contra la Entidad Pública de Trabajo Penitenciario y Formación para el Empleo "sólo puede aspirar a obtener un reconocimiento judicial de ilegalidad y una readmisión en el puesto de trabajo para el supuesto de que siga interna, pero no, por ejemplo, unos salarios de tramitación ni una indemnización por el cese indebido de la relación laboral".

Prestación tras la excarcelación e impacto del IMV

Por último, respecto al momento de la excarcelación, la proposición señala que, cuando se ha trabajado en prisión y se ha cotizado lo suficiente, la prestación generada es inferior, tanto en duración como en cuantía, al actual IMV que ha sustituido al subsidio por excarcelación.

Además, advierte de que la integración de dicho subsidio en el Ingreso Mínimo Vital "ha generado una situación de desprotección para las personas que salen de prisión sin recursos", puesto que la tramitación del IMV puede alargarse entre 4 y 12 meses, "con requisitos más restrictivos y una elevada carga burocrática".