Un informe elaborado por el observatorio Political Watch concluye que Congreso y Senado están incumpliendo la Constitución al comportarse como “simple buzón” de las peticiones que la ciudadanía les hace llegar por escrito. Según alerta la entidad, ambas Cámaras se limitan a ser “meros intermediarios” y no realizan un seguimiento efectivo de esas demandas. Además, critica que no haya datos públicos que permitan conocer el destino final de las solicitudes ni si terminan convirtiéndose en alguna actuación concreta.
Esta “inoperancia” del derecho de petición en España, explica el documento, contrasta con la práctica de países como Alemania, Reino Unido o Estonia, donde rige un sistema diferente: cuando las peticiones cuentan con un número “razonable” de firmas —recogidas por vía electrónica—, el Parlamento está obligado a debatirlas. Political Watch plantea medidas inspiradas en estos modelos con la idea de asegurar que las iniciativas con mayor respaldo ciudadano sean analizadas en las Cortes.
España recurre a la Eurocámara y a plataformas privadas
De acuerdo con la plataforma, esta situación empuja a muchos españoles a dirigirse al Parlamento Europeo, donde España encabeza el volumen de peticiones registradas (23% del total en 2023), o a utilizar webs privadas como Change.org para canalizar sus reclamaciones.
Estas conclusiones se recogen en el informe “El derecho de petición en el contexto digital”, presentado por Political Watch y al que ha tenido acceso Europa Press. La investigación se ha llevado a cabo en el marco del convenio firmado entre esta organización y la entidad pública Red.es, dependiente del Ministerio de Transformación Digital y Función Pública, con financiación de los fondos NextGenerationEU.
El estudio acusa al Parlamento de incumplir en la práctica los artículos 29 y 77 de la Constitución. El primero reconoce “el derecho fundamental de todos los españoles a formular peticiones individuales o colectivas, por escrito, ante instituciones públicas”, mientras que el segundo concreta el ejercicio de este derecho ante las Cortes Generales.
En particular, la Carta Magna prevé que Congreso y Senado puedan recibir peticiones, tanto individuales como colectivas, siempre por escrito, y que ambas Cámaras estén facultadas para trasladarlas al Gobierno, que deberá responder cuando así se le requiera.
Una Comisión de Peticiones casi inactiva
Para Political Watch, una muestra de la “poca importancia” que las Cortes otorgan a las demandas ciudadanas es la escasa actividad de la Comisión de Peticiones del Congreso, que desde 2011 apenas ha celebrado entre 45 minutos y 3 horas de reuniones al año, frente a las aproximadamente 150 horas por legislatura de la Comisión de Presupuestos.
El análisis también revela que, en la actual legislatura, las peticiones que han llegado a las Comisiones de Peticiones del Congreso y del Senado “no han generado ningún efecto vinculado a las funciones parlamentarias”. Es decir, “las Cortes Generales sirven exclusivamente de ventanilla de entrada y de institución intermediaria”, pese a que, según Political Watch, “podrían hacer mucho más”.
En lo que va de legislatura, el Congreso ha registrado 386 peticiones, de las que ha remitido 380 a otros organismos. En el Senado, de 167 solicitudes, 89 se han archivado y las 78 restantes se han enviado a ministerios u otras entidades de la Administración.
La organización subraya que se desconoce el recorrido real de las peticiones trasladadas por las Cámaras y si desembocan en decisiones concretas, porque “tampoco las demandas de la ciudadanía están llegando al Ejecutivo”. De hecho, puntualiza que los ministerios reciben “menos de una petición al mes”.
Entre los asuntos más frecuentes se encuentran el funcionamiento de la justicia, debates legislativos como la Ley de Amnistía o la reforma del Código Penal, cuestiones relativas a instituciones penitenciarias —por ejemplo, denuncias sobre las condiciones en las cárceles—, temas sociales —como ayudas a la dependencia, cobro del IMV o violencia vicaria— y diversas reclamaciones frente a la Administración.
“El problema no es solo de volumen, sino de efectividad. Las Cortes actúan como intermediarias administrativas que trasladan peticiones, pero sin garantías de seguimiento ni evaluación de impacto real”, apunta el informe, firmado por Miguel Ángel Gonzalo, director de Documentación en la Secretaría General del Congreso de los Diputados y profesor en la Universidad Complutense de Madrid, y por Belén Agüero, directora de investigación de Political Watch.
Modelos avanzados en la UE y en Asturias
La comparación con otros parlamentos europeos resulta “demoledor” para Political Watch. En Reino Unido, la obtención de 100.000 firmas obliga a la apertura de un debate parlamentario; en Alemania, con 30.000 apoyos se celebra una audiencia pública en el Bundestag; en Estonia, con solo 1.000 firmas se activa una consideración obligatoria; y en Escocia existe un sistema sin umbrales mínimos que, además, permite seguir en tiempo real la tramitación.
Frente al esquema estatal, el informe destaca cuatro parlamentos autonómicos que han desarrollado normas específicas sobre el derecho de petición, con el Parlamento de Asturias como referencia: allí cualquier persona puede ejercer este derecho por escrito o de forma electrónica ante la Comisión de Peticiones y, cuando se consideran “fundadas”, las solicitudes obligan a adoptar medidas efectivas.
Los autores también valoran positivamente la experiencia del Parlamento de Cataluña, que dispone de una plataforma digital propia con identificación verificable y contempla la posibilidad de comparecencias presenciales.
El estudio califica como modelo “aceptable pero poco efectivo” el de la Asamblea de Murcia, que cuenta con una Comisión de Peticiones facultada para pedir información adicional sobre cada caso y que presenta un informe anual de rendición de cuentas ante el Pleno; y el del Parlamento de Canarias, donde se admiten peticiones individuales y colectivas y existe la opción de remitirlas al Diputado del Común.
Umbrales de firmas y más recursos para las Cortes
Entre las propuestas para reforzar el derecho de petición en España, el informe plantea la creación de plataformas digitales públicas integradas en las webs del Congreso y del Senado, así como la fijación de umbrales objetivos que activen de forma automática audiencias en comisión (ejemplo: 10.000 firmas), debates en el Pleno (ejemplo: 50.000 firmas) y preguntas orales obligatorias (ejemplo: 5.000 firmas).
También sugiere dotar de más medios a la Comisión de Peticiones —con un mayor número de sesiones, refuerzo de personal técnico y capacidad de seguimiento—; vincular con la agenda legislativa criterios que permitan que las peticiones con amplio respaldo se tramiten como Iniciativas No Legislativas (ILP) o proposiciones no de ley; y publicar en línea todas las peticiones, las respuestas y su trazabilidad.
Por último, el informe recomienda elaborar memorias anuales con indicadores de eficacia y habilitar mecanismos para que la ciudadanía pueda mejorar y completar sus peticiones antes de su registro formal. “No se trata de inventar nada nuevo, sino de hacer funcionar lo que ya existe en la Constitución”, concluye el documento.