Autoridad Independiente, el órgano multimodal que investigará las causas técnicas de los accidentes ferroviarios, marítimos y de aviación

El Proyecto de ley encara su estadio final de tramitación tras vencer el plazo de enmiendas

Imagen de archivo de un avión tras un accidente. Fuente Pixabay

Imagen de archivo de un avión tras un accidente. Fuente Pixabay

Este jueves venció el plazo de presentación de enmiendas del Proyecto de ley de creación de la Autoridad Administrativa Independiente para la Investigación Técnica de Accidentes e Incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil y los grupos comenzarán las conversaciones en el seno de la Comisión de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. El objeto del articulado es la creación de un organismo con un grado de autonomía semejante al de la AIREF, la CNMC o la Agencia Española de Protección de Datos y cuya función será mejorar la seguridad mediante la prevención.

Para ello, investigará las causas técnicas caso por caso a fin de determinar sus causas y establecer las medidas correctivas que resulten pertinentes. Este trabajo, hasta ahora, lo desarrollan tres comisiones adscritas al Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana. El texto crea un único órgano multimodal que asume sus competencias de investigación, lo que optimizará las estructuras y recursos sin que sea óbice para garantizar la especialización técnica y procedimental de cada campo. De hecho, el Proyecto de ley recoge la existencia de tres direcciones de investigación técnica especializada en cada uno de los modos de transporte: tierra, mar y aire.

La creación de esta Autoridad Independiente era una de las recomendaciones del dictamen de la comisión de investigación sobre el accidente del vuelo JK5022 de Spanair en 2008.

Transparencia en las investigaciones

Uno de los elementos nucleares de la nueva ley es el principio de transparencia y la participación de las personas afectadas en las investigaciones. En la exposición de motivos del redactado se justifica que esto es coherente con los principios de participación, proximidad a la ciudadanía, eficacia y eficiencia; además de que la normativa de la Unión Europea en el ámbito ferroviario así lo prevé.

No obstante, la ley también recoge salvedades alegando que debe preservarse un justo equilibrio con el deber de reserva que impera sobre la investigación técnica. Así, de acuerdo con la presente ley y para las investigaciones técnicas en cualquiera de los tres modos de transporte, el deber de reserva cede en los siguientes supuestos:

-Ante requerimientos de los órganos judiciales o del Ministerio Fiscal en el orden penal.

-Ante solicitudes de Comisiones parlamentarias de investigación.

-En el marco de actuaciones conjuntas con otros organismos de investigación técnica de accidentes o incidentes de transporte; cuando el propio organismo regulado en esta ley determine que ello es lo más eficaz para prevenir un accidente o incidente grave.

-Así como cuando la Autoridad o un órgano judicial consideren motivadamente que los beneficios de la divulgación de los registros para fines distintos de los establecidos en la ley compensan el posible efecto adverso de su divulgación para la investigación en curso o para futuras investigaciones.

Cultura justa

La norma acuña la concepción de cultura justa, entendiendo como tal aquella en la que no se castigue a los operadores y demás personal de primera línea por sus acciones, omisiones o decisiones cuando sean acordes con su experiencia y capacitación, pero al mismo tiempo, no se tolere la negligencia grave, las infracciones intencionadas ni los actos destructivos.

Recomendaciones y asistencia a víctimas

El artículo 12 del texto salido del Consejo de Ministros establece que las recomendaciones de seguridad de la Autoridad no serán vinculantes. Este es uno de los principales puntos de fricción en el Gobierno de coalición, puesto que Unidas Podemos ha incluido entre sus enmiendas una modificación para garantizar que las sugerencias sí sean vinculantes.

El texto dibuja una estructura formada por dos órganos de gobierno, el Consejo y la persona que ostente la presidencia (nombrada por el Gobierno con la aprobación de la comisión parlamentaria correspondiente, que tendrá derecho a veto sobre los consejeros); y cuatro órganos directivos: Dirección de investigación técnica de accidentes e incidentes ferroviarios, Dirección de investigación técnica de accidentes e incidentes marítimos; Dirección de investigación técnica de accidentes e incidentes de aviación civil; y una Secretaría General.

A esto, los morados también plantean añadir una Dirección de Recursos, que contaría con las áreas económicas, jurídica, de formación de los investigadores y recursos humanos; y una Dirección de Asistencia Técnica de Víctimas y sus Familias.

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