El Gobierno plantea ampliar las competencias de la Agencia de Evaluación Pública en su estatuto

El Ministerio de Economía cerró la semana pasada el plazo de consulta pública para recibir alegaciones del futuro estatuto de la agencia

El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo (i) y el ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá (d), durante una rueda de prensa posterior a la reunión del Consejo de Ministros, a 14 de mayo de 2024, en Madrid | Carlos Luján / Europa Press (Foto de ARCHIVO)

La nueva Agencia Estatal de Evaluación de las Políticas Públicas está cada vez más cerca de ponerse en marcha. El pasado 16 de agosto expiró el plazo abierto por el Ministerio de Economía para la presentación de alegaciones dirigidas a la elaboración de su futuro estatuto.

Su creación está prevista en la Ley 27/2022 de institucionalización de la evaluación de políticas públicas en la Administración General del Estado, aprobada en diciembre de 2022, pero su funcionamiento queda supeditado a la aprobación de un estatuto.

La citada ley recoge en una de sus disposiciones un plazo de seis meses para ello, pero el estatuto no llegó a ver la luz antes de las elecciones generales de julio de 2023.

Ahora, en la consulta pública el Gobierno plantea una serie de cuestiones a determinar en el futuro decreto, como por ejemplo la posible extensión de funciones de la propia agencia en sus estatutos a los ya reconocidos en la ley, o los resultados que se exigirán a las distintas administraciones para el diseño de futuras políticas públicas.

Funciones ya previstas en la ley

La agencia, que estará adscrita a la Secretaría de Estado de Función Pública, tiene reconocidas como funciones, entre otras, la aprobación y seguimiento de los planes de evaluación de cada ministerio, elaborar la propuesta del Plan de Evaluaciones Estratégicas sobre qué políticas estarán sometidas a examen, y el diseño y definición de indicadores y metodologías de evaluación.

Otra de sus competencias será la presentación de una memoria anual ante las Cortes Generales para dar cuenta de la institucionalización de la evaluación de las políticas públicas y el seguimiento de los resultados de las evaluaciones.

Además de posibles funciones adicionales a las ya reconocidas, el Ejecutivo pidió que las alegaciones a recibir incidieran en la coordinación y supervisión del sistema de evaluación y en las vías de cooperación con la comunidad científica.

Estructura de gobernanza

El futuro decreto no sólo contemplará el estatuto de la citada agencia, sino que también regulará otros órganos de la estructura de gobernanza del sistema público de evaluación de las políticas públicas previstas en la Ley 27/2022.

Es el caso de la Comisión Superior de Evaluación, cuya creación se prevé por decreto en la ley, y el Consejo General de Evaluación.

La Comisión se configura como órgano colegiado de coordinación, cooperación y participación en materia de evaluación, con el fin de impulsar y extender la cultura de evaluación en la Administración General del Estado, promover formación para ello e informar sobre la propuesta del Plan de Evaluaciones Estratégicas.

En el caso del Consejo General de Evaluación, también se trata de un órgano colegiado, éste de carácter consultivo y asesor para la elaboración de estudios e informes y garantizar la participación de la sociedad civil en esta gobernanza.

Su composición está prevista que se determine reglamentariamente, sin que pueda constituir su funcionamiento aumento de gasto, ya que deberá ser atendido con los medios personales, técnicos y presupuestarios de la Agencia Estatal de Evaluación de Políticas Públicas.

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