El Ministerio de Sanidad ha sacado a Consulta pública previa una propuesta de Real Decreto para regular la devolución y destrucción de sustancias estupefacientes y psicotrópicas y medicamentos estupefacientes por parte de oficinas y servicios de farmacia de hospitales.
Se podrán realizar aportaciones hasta el 23 de septiembre.
Los medicamentos estupefacientes, así como las sustancias psicotrópicas, están sometidas a rigurosas medidas de control. Por los principios activos que contienen, se ha de fiscalizar su acceso -solo por cauces lícitos-, así como inspeccionar su fabricación, distribución, prescripción y dispensación.
Existen normas que regulan la gestión de medicamentos estupefacientes caducados (Real Decreto 726/1982), así como una Resolución de la Dirección General de Farmacia y Medicamentos (2 de diciembre de 1983) que instruye sobre su devolución.
Si bien hay una base regulatoria que establece cómo se debe proceder con los medicamentos caducados o cómo se tiene que ejecutar su devolución; lo cierto es que no se recoge cómo se debe gestionar la destrucción por parte de las farmacias de los medicamentos y/o sustancias estupefacientes y psicotrópicas cuando éstas se tienen que retirar del mercado.
Tampoco existe regulación del modo en que los excedentes de medicamentos empleados en tratamientos son devueltos por los pacientes.
La normativa específica sobre gestión de residuos sanitarios se renovó con la aprobación de la Ley 7/2022 de residuos y suelos contaminados para una economía circular. De hecho, en su disposición adicional decimosexta figura la necesidad de regular los residuos de medicamentos.
Pese a que hay una cierta carcasa legislativa, la experiencia acumulada y el surgimiento de nuevos problemas exige una actualización y clarificación del régimen.
El Real Decreto 825/2013 de Reglamento de emisiones industriales y de desarrollo y la Ley de prevención y control integrados de la contaminación establece determinadas exigencias que han de regir en lo que a la destrucción de residuos se refiere utilizando el método de la incineración. Pero estos requisitos hacen inviable que sean las autoridades sanitarias las que puedan llevar a cabo la destrucción de los medicamentos con las debidas garantías.
Es por ello por lo que deben acudir a empresas gestoras de residuos sanitarios debidamente autorizadas, ya que la administración sanitaria no tiene capacidad para dar el tratamiento adecuado a esos residuos, un asunto que el Ejecutivo pretende atajar mediante una propuesta de Real Decreto.