El Partido Popular propone regular la figura de la excedencia por agrupación familiar en el exterior para que aquellos funcionarios que desempeñen su actividad en embajadas, consulados u oficinas comerciales puedan conciliar y disponer de este derecho sin renunciar a su carrera profesional.
Mediante una enmienda al Proyecto de Ley de la Función Pública de la Administración del Estado, plantean incorporar un nuevo apartado al artículo 44, que regula las situaciones administrativas. El texto ya recoge, además del servicio activo, servicios especiales y en otras Administraciones Públicas, una serie de excedencias.
Se citan la excedencia por interés particular, por agrupación familiar, para el cuidado de familiares, por razón de violencia de género, por razón de violencia terrorista, por prestación de servicios en el sector público y por desempeño de cargo electivo en organización sindical más representativa.
Sin bien es cierto que ya se establece la posibilidad de una excedencia por agrupación familiar, los populares consideran que algunas personas no podrían disfrutar de la misma, como es el caso aquellos que trabajan en embajadas, consulados u oficinas comerciales; por lo que consideran necesario articular una nueva situación administrativa específica para las excedencias de agrupación familiar en el exterior.
“En términos de conciliación personal y familiar, resulta extraño que la concesión de una excedencia que permita acompañar al núcleo familiar suponga, para quien la solicita, una renuncia en la práctica a su carrera profesional, al privarle de todo cómputo a efectos de antigüedad y carrera. Ello resulta mucho más evidente en aquellos casos en los que, como sucede con los funcionarios con destino fuera del territorio nacional no existe posibilidad alguna de conciliación, a menos que uno de los cónyuges renuncien a su carrera para poder seguir a su familia”, esgrime el Partido Popular.
En sintonía, también urgen, mediante otra enmienda, a añadir un nuevo Artículo 49 bis que recoja que el tiempo de excedencia voluntaria por agrupación familiar debido a un destino fuera del territorio nacional del cónyuge o pareja de se computará a efectos de antigüedad y carrera profesional.