Parafraseando a Alfonso Guerra y su célebre frase sobre los cambios que se estaban produciendo en España en la década de los ochenta, a la Proposición de Ley Orgánica (PLO) para modificar la regulación del derecho de asociación aprobada por el Congreso no la va a conocer ni el grupo que la parió tras su paso por el Senado.
La Comisión Constitucional de la Cámara Alta, reunida en la tarde de ayer, ha aprobado el informe de ponencia y emitido dictamen de la PLO del Grupo Socialista en el Congreso, por la que se pretende modificar la Ley Orgánica por la que se regula el derecho de asociación. Para ello deberán esperar a que la proposición vuelva a la Cámara Baja, donde el Pleno se tiene que pronunciar sobre cualquier cambio introducido por el Senado, cambios que en este caso afectan incluso al título.
Así, el Partido Popular ha hecho valer su mayoría absoluta en la Cámara Alta para reescribir el texto que el PSOE y sus socios de investidura sacaron adelante en el Congreso de los Diputados el pasado 11 de abril. Los cambios introducidos por los populares y Unión del Pueblo Navarro (UPN) mediante sus enmiendas son de tal envergadura que solo se han mantenido los dos primeros párrafos del preámbulo.
De la Fundación Francisco Franco a ETA
En su redacción original, la PLO de los socialistas nacía con la Fundación Francisco Franco como objetivo. Con la vista puesta en una posible reconversión de la fundación en asociación para eludir la acción de la Justicia, desde el PSOE pretenden incluir en la norma reguladora del derecho fundamental de asociación una nueva disposición adicional para permitir la actuación judicial contra aquellas asociaciones que actúen haciendo apología del franquismo, ensalcen el «golpe de Estado de 1936 o la dictadura posterior», enaltezcan a sus dirigentes, humilles o menosprecien a las víctimas o ejerzan violencia contra estas.
La propuesta salió adelante en el Congreso con la abstención del PP, la negativa de Vox y el apoyo del resto de fuerzas.
Una vez llegada la PLO al Senado, ante la disyuntiva de aplicarle un veto o modificarla vía enmiendas, desde el Grupo Popular en la Cámara Alta optaron por la segunda opción. ¿El resultado? Un total de cinco enmiendas que unidas a otra de UPN introducida como transaccional dejan irreconocible el texto, un «cambiazo de leyes», como lo ha definido el portavoz del PSOE en la comisión, el senador por Navarra Antonio Magdaleno Alegría, durante el turno turno de portavoces.
En el debate, Magdaleno ha rechazado el dictamen que ha acabado aprobando la Comisión Constitucional por desvirtuar la PLO original para convertirla en una reforma del Código Penal (CP), donde consideran que ya están castigados los supuestos añadidos por el PP, en referencia al artículo 578.
Dudas sobre su constitucionalidad
Una vez llegada la PLO al Senado, la Letrada Mayor de la Cámara, Sara Sieira Mucientes, elaboró un informe por el que advertía que lo aprobado en el Congreso podría «contradecir lo dispuesto» en hasta cinco artículos del bloque de derechos fundamentales de la Constitución Española, «el máximo grado de protección constitucional»: «el principio de igualdad ante la ley, las libertades ideológica, de expresión y el derecho de asociación, y el derecho a la legalidad en los procedimientos sancionadores».
Entre sus argumentos, la falta de precisión a la hora de tipificar la sanción, tanto desde el punto de vista de la autoría —quién es el sujeto que debe realizar la «apología del franquismo dentro de la asociación», si cualquier afiliado o sus órganos directivos—, como desde el punto de vista de su objeto al no identificarse «cuáles son las actividades que son constitutivas de apología del franquismo».
El informe redactado por la Secretaría General del Senado también valoraba como «inadecuada» la atribución «al orden civil de la competencia para disolver asociaciones» y concluía que la redacción dada por el Congreso «puede constituir una causa de disolución de partidos políticos al ser estos un tipo de asociaciones», al margen de lo establecido en la Ley Orgánica de Partidos, que sí incluye un «régimen especial que cumple con todas las garantías constitucionales y que ha sido avalado por la jurisprudencia del Tribunal Constitucional».
La propuesta del PP
Por parte de los populares, el senador por León Antonio Silván ha sido el encargado de defender la acción de su partido, como una forma de «corregir los vicios políticos» en los que el PP, sobre el informe de la Letrada Mayor y el del letrado adscrito a la comisión, consideran que incurren los autores de proposición original, en referencia a su acotación expresa al golpe de Estado, la guerra civil y la dictadura franquista. De esta forma, han desaparecido vía enmiendas las menciones a la Ley de Memoria democrática para pasar a una modificación del Código Penal con la que se amplían los supuestos por los que se considera ilícito el derecho de asociación.
Con una mención explícita a la «banda terrorista ETA» o a sus «herederos políticos» en el preámbulo de la norma, las enmiendas del Grupo Popular amplían el artículo 515 del CP, con un quinto punto, para que se actúe por la vía Penal contra las asociaciones que «mediante el uso de la violencia, la amenaza o la incitación directa y pública a la violencia promuevan»:
- Sistemas políticos o ideologías que pretendan destruir o subvertir el orden constitucional democrático o el Estado de Derecho.
- Sistemas políticos, regímenes o gobiernos totalitarios, autoritarios o que nieguen los derechos fundamentales reconocidos o ratificados por España.
- Principios y valores que sean incompatibles con la libertad, la igualdad, la justicia, el pluralismo político y la dignidad de la persona y los derechos que le son inherentes.
Además, se añade un punto sexto al artículo 515 del CP, consensuando mediante enmienda transaccional entre el PP y la senadora de UPN, María del Mar Caballero Martínez, por el que también pueden ser perseguidas judicialmente las asociaciones entre cuyas actuaciones se encuentre «el enaltecimiento o la justificación públicos de los delitos de organizaciones terroristas o de quienes hayan participado en su ejecución, o que entrañen descrédito, menosprecio o humillación» hacia las víctimas o sus familiares.
Calendario pendiente
Ahora, el dictamen debe debatirse en el Pleno del Senado, con el 16 de junio como fecha límite. Previsiblemente aprobado por la mayoría absoluta del PP, el texto volverá al Congreso, donde su Pleno deberá pronunciarse sobre si aceptan o no los cambios de la Cámara Alta. Dadas las mayorías y apoyos cosechados durante su tramitación en el Congreso, la previsión es de que la PLO vuelva a la redacción que fue aprobada por la Cámara Baja y quede definitivamente aprobada en esos términos.