La ponencia del Proyecto de ley de representación paritaria y presencia equilibrada de mujeres y hombres ha aprovechado la tramitación para obligar a las empresas a inscribir en el Registro laboral correspondiente sus planes de igualdad.
El informe, que será debatido y votado el próximo jueves en la Comisión de Igualdad, ha incorporado una modificación de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.
La legislación vigente prohíbe que puedan ser adjudicatarias de contratos públicos empresas que no se hallen al corriente de las obligaciones tributarias o de Seguridad Social; las que tengan más de 50 trabajadores y no cumplan con el requisito de un mínimo del 2% de trabadores con discapacidad; y las compañías del mismo tamaño que no tengan planes de Igualdad.
Las dos últimas exigencias responden al cumplimiento de la Ley General de derechos de las personas con discapacidad y de su inclusión social y de la Ley para la igualdad de mujeres y hombres.
La novedad que introduce esta Disposición final nueva es que las empresas tendrán la obligación de inscribir su plan de igualdad en el Registro laboral correspondiente.