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Políticas

Las nuevas obligaciones y prohibiciones de la Ley de Bienestar Animal

La normativa, que entra en vigor este viernes, prohíbe dejar mascotas atadas en la entrada de supermercados y obliga a esterilizar gatos, entre otras cosas

Adrián LardiezporAdrián Lardiez
28/09/2023 - 19:02 - Actualizado: 30/07/2024 - 14:36
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Imagen de archivo de varios perros en una de las jaulas de la Sociedad Protectora de animales de Lugo. Fuente EuropaPress/ Carlos Castro.

Imagen de archivo de varios perros en una de las jaulas de la Sociedad Protectora de animales de Lugo. Fuente EuropaPress/ Carlos Castro.

Este viernes entra en vigor la Ley de Protección de los Derechos y el Bienestar de los Animales, publicada en el Boletín Oficial del Estado el pasado 28 de marzo; aunque no lo hará en su totalidad, puesto el Gobierno, al estar en funciones, no puede aprobar un reglamento en forma de decreto para desarrollar aspectos básicos del articulado. Entre las novedades que sí comienzan a aplicarse destacan la obligación de esterilizar a los gatos, sanciones por dejar a un perro atado en la entrada de algún establecimiento y sin supervisión, una lista de especies que pueden tenerse como mascotas o la cuenta atrás para la prohibición de que las tiendas vendan perros y gatos.

El artículo 27 de la nueva norma enumera una serie de prohibiciones específicas respecto a los animales de compañía. Desde este viernes no se podrán mantener “atados o deambulando” en cualquier espacio público (puertas de supermercados o cualquier establecimiento) sin supervisión.

Tampoco se permitirá dejar sin supervisión a cualquier animal de compañía durante más de tres días consecutivos, a excepción de la especie canina, que no podrá exceder las 24 horas.

No se podrán dejar mascotas atadas en las puertas de supermercados ni dejar perros sin supervisión más de 24 horas.

No se podrán sacrificar mascotas por ningún motivo, ni siquiera en centros de protección animal, clínicas veterinarias o núcleos zoológicos. La eutanasia estará justificada única y exclusivamente con el objetivo de evitar el sufrimiento por causas no recuperables, y siempre bajo control veterinario.

La ley prohíbe realizar cualquier tipo de mutilación o modificación corporal por motivos estéticos, utilizar animales de compañía para peleas, llevarlos atados a vehículos a motor en marcha, el uso de herramientas que puedan causar lesiones -como los collares eléctricos de impulsos-, la cría comercial de cualquier especie y la comercialización de perros, gatos y hurones (solo podrán venderse desde criadores registrados). Este último punto entrará en vigor en septiembre de 2024. En la Comunidad de Madrid ya era así, pero en el resto de territorio, desde este viernes no podrán venderse perros menores de cuatro meses.

No estará permitido alimentar animales con vísceras, cadáveres u otros despojos de otros animales que no hayan superado controles sanitarios, ni se podrán usar animales como reclamo, rifa, promoción etc.

El desarrollo del reglamento es fundamental para aplicar la totalidad del nuevo articulado de la ley, ya que hay puntos que así lo estipulan, como el seguro de responsabilidad civil para perros, el curso para todos los dueños de mascotas -no solo canes-, o el registro de todos los animales, incluidos pájaros y roedores.

Cuidados y obligaciones

La nueva ley de Bienestar Animal exige mantener a las mascotas integradas en el núcleo animal y disponer de alojamientos y habitáculos adecuados, incluidos aquellos que requieran de jaulas, acuarios, terrarios o similares.

Los dueños habrán de adoptar las medidas necesarias para evitar que su tenencia o circulación ocasione molestias, peligros, amenazas o daños a las personas o animales; así como prevenir la reproducción incontrolada. También deberán cerciorarse de que los animales no depositen sus excrementos y orines en lugares de paso habitual de personas, tales como fachadas, puertas o entradas a establecimientos; y en caso de que así sea, proceder a su limpieza inmediata con productos biodegradables.

Los gatos tendrán que ser identificados mediante microchip y ser esterilizados de forma quirúrgica antes de los seis meses de edad, salvo aquellos inscritos en el registro de identificación como reproductores y a nombre de un criador registrado oficialmente. Además, a partir de ahora los ayuntamientos serán los encargados de gestionar las colonias felinas que habitan su territorio. El método, denominado CER (captura, esterilización y retorno), establece que se procederá a la captura de los felinos para, acto seguido, identificarlos con microchip y volverlos a soltar.

Asimismo, en caso de fallecimiento de mascota, se tendrá que comunicar a la administración competente la retirada del cadáver. La baja por muerte deberá ir acompañada del documento que acredite que fue incinerado o enterrado por una empresa reconocida.

La nueva ley generó un notable conflicto entre los socios del Gobierno de coalición, PSOE y Sumar, porque deja al margen a los perros de caza, así como a animales de trabajo como perros policía, cetrería y algunos cetáceos que viven en zoos y delfinarios.

Actividades culturales y festivas

La inclusión de animales en espectáculos escénicos o filmaciones de cine o televisión u otros medios audiovisuales requerirá de una declaración responsable ante la autoridad competente en la que se recojan datos de identificación de los animales participantes, tiempos de filmación, condiciones físicas que garanticen su bienestar y los datos de los responsables.

En cualquier caso, la filmación de escenas de maltrato o que generen estrés siempre tendrán que ser simuladas para que no afecte a los animales. Asimismo, aquellos que participen en ferias, exposiciones o concursos deberán disponer de unas condiciones dignas, como hidratación, habitáculos adecuados a su tamaño, una higiene determinada, horarios de descanso y evitar temperaturas extremas.

La ley prohíbe que se utilicen animales silvestres en cautividad en circos, carruseles y atracciones de feria.

Como curiosidad, cabe destacar que la cabra de la Legión podrá seguir desfilando el 12 de octubre con motivo del Día de la Hispanidad; y los Belenes vivientes podrán tener mula, buey y cualquier animal de trabajo, que quedan excluidos de la norma.

Animales de compañía prohibidos

Se permitirá la mayoría de animales domésticos que tenían tal categoría hasta ahora. Perros, gatos, hurones, periquitos, canarios, tortugas… Las personas podrán seguir teniéndolos de mascota sin ningún problema. Habrá, no obstante, un listado positivo de los permitidos, entre los que no se incluirán los animales peligrosos o venenosos, mamíferos silvestres de más de cinco kilos y reptiles (a excepción de las tortugas) de más de dos kilos. Esto último se refiere a serpientes o iguanas. En caso de que alguien tenga una, tendrá que comunicárselo a la comunidad autónoma.

Etiquetas: BOEComunidades autónomasCongreso de los DiputadosDía de la HispanidadEjecutivoGobiernoLeyLey de Bienestar AnimalPSOESumar

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