Luz ‘verde’ del Consejo de ministros a la ‘Ley Servicers’

El Gobierno aprueba en segunda vuelta y envía al Congreso la trasposición de la directiva de administradores y compradores de créditos, una reforma que modifica cinco normativas financieras

El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, comparece ante la Comisión Mixta para la Unión Europea, en el Congreso a 4 de abril de 2024, en Madrid (España) | Eduardo Parra (EUROPA PRESS)

El Gobierno aprobó y remitió al Congreso este martes una nueva reforma financiera, esta para regular el sector de administradores y compradores de créditos, los conocidos como ‘servicers’.

Se trata de sociedades especializadas en la gestión de créditos dudosos. Este tipo de entidades proliferaron a partir de la crisis financiera, encargadas del saneamiento de los balances de las entidades de crédito, haciéndose con aquellos préstamos con menos posibilidades de devolución.

La norma va dirigida a trasponer la directiva europea sobre la materia (Directiva 2021/2167), que debía haberse aprobado antes del 29 de diciembre de 2023, según el plazo marcado en la norma.

Para ello, Economía propone modificar cinco normas: la Ley de medidas de reforma del sistema financiero, la Ley de contratos de crédito al consumo, la Ley de ordenación, supervisión y solvencia de entidades de crédito, la Ley reguladora de los contratos de crédito inmobiliario y el texto refundido de la Ley Concursal.

¿Qué novedades prevé la reforma?

La normativa propone la aplicación de normas comunes con el resto de Estados miembros en la compraventa de créditos dudosos concedidos por entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito, además de introducir ciertas garantías para la protección de los clientes.

Reserva de actividad. La actividad de administración de créditos dudosos pasa a ser una actividad reservada al requerir la autorización previa del Banco de España.

Condiciones. Se establece como requisito disponer de un sistema interno adecuado de gestión de reclamaciones y una política que garantice la protección y trato justo de los prestatarios.

Supervisión. El Banco de España supervisará a los administradores y el cumplimiento de las obligaciones impuestas a los compradores de crédito, estableciéndose un régimen de infracciones y sanciones.

Garantías al cliente. Tanto compradores como administradores deberán proporcionar un trato adecuado e información suficiente y contar con un servicio de atención al prestatario y un sistema de reclamaciones extrajudiciales adecuado. Se establece el proceso de comunicación a los consumidores de cualquier modificación del contrato.

Mantenimiento de condiciones. Se prevén garantías para asegurar le mantenimiento de las condiciones y los derechos de los prestatarios en caso de compraventa de créditos dudosos, trasladándose al comprador las obligaciones de transparencia, protección e información, incluyendo el cumplimiento de los códigos de buenas prácticas a los que el acreedor inicial estuviera adherido.

Renegociación de deudas

Renegociación de deudas. Las modificaciones en la normativa de créditos al consumo y créditos inmobiliarios obligarán a los prestamistas a contar con una política de renegociación de deudas: Antes de iniciar acciones judiciales o exigir el pago total de la deuda deberán ofrecer a los clientes medidas encaminadas a alcanzar acuerdos de renegociación.

Plan de pagos para clientes vulnerables. Se prevén condiciones especiales para beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital en contratos no hipotecarios. La entidad que venda el crédito dudoso a un tercero deberá ofrecer al cliente un plan de pagos.

Ley de crédito al consumo

Límite a los intereses de demora. En caso de impago por parte del consumidor, los intereses de demora no podrán superar la suma del interés ordinario más tres puntos porcentuales.

Gastos de reclamación. Los gastos de reclamación de saldos vencidos no podrán superar los costes efectivamente soportados por el prestamista. El prestamista deberá indicar el saldo deudor impagado, el plazo disponible para regularizar la situación y el importe que, en caso contrario, se va a adeudar.

Vía de escape ante subidas de tipos. Se definen los supuestos para modificar los tipos de interés en contratos de duración indefinida, permitiendo a los clientes no aceptar las subidas o cancelar el contrato. El cliente podrá reembolsar la deuda pendiente de acuerdo con las condiciones de reembolso y el tipo de interés vigentes en el momento de la comunicación, sin coste adicional.

Personalizar cookies