Aún es sólo un anteproyecto de ley pero promete dar un vuelco al sector del crédito al consumo. El ministro de Economía, Comercio y Empresa, Carlos Cuerpo, la presentó este miércoles como una “reforma integral” en un sector que hasta el pasado mes de noviembre había movido 114.000 millones de euros.
La financiación del consumo supone en torno al 15% de todo el crédito asumido por los hogares y se sitúa actualmente en máximos históricos. El año pasado creció por encima del 10%, según datos ofrecidos por el ministro en rueda de prensa.
¿Cuáles son las claves del anteproyecto de ley?
Trasposición de directivas. El proyecto viene a trasponer dos directivas. Ambas debían haber sido ya incorporadas al ordenamiento jurídico nacional:
- Directiva 2023/2225 relativa a los créditos al consumo. Se aplicará a partir del próximo 20 de noviembre pero debía haberse aprobado un año antes
- Directiva 2023/2673 relativa a contratos de servicios financieros celebrados a distancia. Se aplicará a partir del próximo 19 de junio pero debía haberse traspuesto antes del 19 de diciembre
Reserva de actividad. Sólo podrán conceder créditos aquellas entidades que tengan autorización del Banco de España y, por tanto, operen bajo su supervisión. Esta era una de las reclamaciones trasladadas por la patronal Asnef.
Para dar entrada a operadores no regulados hasta ahora se crean dos figuras nuevas:
- Establecimientos Financieros de Crédito de Ámbito Limitado (EFCAL). Tendrán un régimen simplificado basado en el de los establecimientos financieros de crédito (EFC), sin requerimientos prudenciales
- Prestamistas de alto coste autorizados. Este sector, limitado a créditos de alto coste, contará con un régimen de conducta especial con el objetivo de profesionalizar un segmento no atendido hasta ahora por entidades reguladas
Sin autorización no habrá intereses. Los contratos de crédito concedidos por operadores que no cuenten con autorización serán nulos. Las empresas que vendan otros productos y servicios y quieran ofrecer financiación (concesionarios, grandes almacenes o electrodomésticos, por ejemplo) tendrán que hacerlo con préstamos sin intereses.
Tope al tipo de interés. Se hará por tramos de importe, será decreciente conforme aumente el importe de crédito –a mayor importe, menor coste-- y variable. El Banco de España publicará trimestralmente la actualización de los tramos, de forma anticipada.
La TAE (Tasa Anual Equivalente) no podrá superar un determinado nivel de tipo de interés máximo. Para fijar el límite general se partirá del tipo de interés medio del crédito al consumo y a él se añadirá un margen en función del importe del crédito. Es decir, habrá distintos tramos en los tipos de interés máximos.
Estos son los tramos propuestos (considerando el tipo TAE medio de crédito a octubre):
- Hasta 1.500 euros, 15 puntos porcentuales
- Entre 1.500 y 6.000 euros, 10 puntos porcentuales
- A partir de 6.000 euros, con plazo de vencimiento inferior a ocho años, 8 puntos porcentuales
- A partir de 6.000 euros, con plazo de vencimiento superior a ocho años, 6 puntos porcentuales
Máximo transitorio. Hasta la publicación de los primeros límites, el anteproyecto fija un límite máximo del 22% aplicable a las nuevas operaciones formalizadas tras su entrada en vigor y aplicable también a la liquidación de operaciones de tarjetas revolving. Es decir, todo contrato de este tipo deberá ser revisado a la baja si su interés supera este límite. El Gobierno estima que afectará a uno de cada cuatro contratos de este tipo.
Garantías frente a microcréditos. Un segundo régimen de limitación de tipos afectará a los llamados créditos de alto coste: préstamos de bajo importe, plazo de reembolso reducido y tipos elevados. Se trata de créditos no atendidos por operadores regulados que concentran un elevado riesgo de sobreendeudamiento. Estas son las garantías propuestas:
- Período mínimo de reembolso de tres cuotas mensuales
- Tipo de interés mensual máximo del 4%
- Comisión máxima del 5%, hasta 30 euros máximo
- El coste no podrá superar al de un crédito de 12 meses por mismo importe bajo régimen general
- Régimen de conducta reforzado a sus profesionales
- Antelación mínima de 24 horas para la toma de decisiones
- Mayores requisitos de publicidad. No podrá destacarse la facilidad o rapidez para obtener un crédito sobre otras características, como su precio
Otras medidas de transparencia:
- Información precontractual deberá ser destacada
- Nueva figura para asesoramiento financiero, asistencia jurídica o psicológica para deudores en dificultades
- Reembolso anticipado
- Ventas vinculadas o combinadas: la directiva las prohíbe con carácter general, con citadas excepciones
Contra el diseño engañoso. El anteproyecto prevé garantías frente a las llamadas dark patterns, técnicas de diseño web que pueden afectar a la toma de decisiones de los consumidores. Estas garantías se introducirían en la Ley General de Defensa de Consumidores y Usuarios junto con otras medidas para mejorar la transparencia de estos negocios, como la obligación de ofrecer al consumidor el desestimiento en la interfaz.
Queda mucho partido. Hasta el próximo 30 de enero el anteproyecto, y el proyecto de Real Decreto con su desarrollo reglamentario, quedan sometidos a audiencia pública para recibir propuestas de modificación.
Una vez complete su tramitación –y reciba sus informes preceptivos—será aprobado como proyecto de ley y remitido a las Cortes Generales para iniciar su tramitación parlamentaria, primero en el Congreso y después en el Senado.