El acuerdo alcanzado entre PSOE y Podemos para poner en marcha una regularización extraordinaria de personas migrantes en situación administrativa irregular, que será aprobada en el Consejo de Ministros de este martes, define los requisitos básicos que deberán cumplir los solicitantes para acogerse al nuevo procedimiento.
La medida busca dar una salida legal a cientos de miles de personas que residen en España sin autorización administrativa y lo hace rebajando las exigencias habituales del sistema de extranjería, especialmente en lo relativo al acceso inicial al permiso. Se calcula que un mínimo de 500.000 personas podrán beneficiarse de la misma.
Residencia previa en España antes de 2026
El primer requisito clave es la acreditación de la estancia en territorio español. Para poder optar a la regularización, la persona solicitante deberá:
-
Haber estado físicamente en España antes del 31 de diciembre de 2025.
-
Acreditar al menos cinco meses de estancia efectiva en el país antes de presentar la solicitud.
Este criterio temporal pretende delimitar el alcance de la medida y evitar un posible “efecto llamada”, uno de los argumentos recurrentes en el debate político sobre regularizaciones masivas.
Ausencia de antecedentes penales relevantes
El acuerdo también fija como condición que la persona solicitante no tenga antecedentes penales significativos que impidan la concesión de una autorización de residencia.
No se trata de exigir una hoja penal completamente limpia, sino de excluir aquellos casos en los que existan antecedentes graves incompatibles con la normativa de extranjería, un criterio habitual en este tipo de procedimientos.
Cómo acreditar la estancia: documentos válidos
Para demostrar la permanencia en España durante el periodo exigido, el acuerdo contempla una amplia variedad de medios de prueba, con el objetivo de adaptarse a la realidad de las personas en situación irregular. Entre los documentos admitidos figuran:
-
Certificados de empadronamiento municipal.
-
Justificantes de citas médicas o de atención en recursos sociales.
-
Contratos de alquiler, recibos de pago o documentos de alojamiento.
-
Billetes de transporte, justificantes de envíos de dinero u otros documentos que acrediten presencia continuada en el país.
Esta flexibilidad documental es uno de los elementos centrales del diseño del procedimiento.
Sin contrato de trabajo previo
Uno de los aspectos más relevantes del acuerdo es que no se exigirá un contrato de trabajo previo para acceder a la regularización inicial.
Este punto supone una diferencia sustancial respecto a otras vías ordinarias del sistema de extranjería y pretende romper el círculo vicioso que impide regularizarse a quienes no pueden trabajar legalmente y, al mismo tiempo, no pueden obtener papeles sin un empleo.