La tragedia de Adamuz se investigará ‘a la vieja usanza’: la nueva autoridad para investigar accidentes aún no está lista

La nueva autoridad independiente que aprobó el Congreso en 2024 aún no ha echado a andar, a la espera de tener su propio estatuto. Sólo se conoce un borrador, publicado por el Ministerio de Transportes en marzo del año pasado

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Trenes parados y andenes vacíos en en la estación de Santa Justa de Sevilla, a 19 de enero de 2026, en Sevilla | Eduardo Briones / Europa Press

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Esclarecer las causas del accidente de Adamuz, el descarrilamiento de un tren de alta velocidad y posterior choque con otro que ha causado la muerte de al menos 41 personas, será tarea de la Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios (CIAF).

Se trata de un organismo técnico, adscrito al Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, que tiene, en la práctica, los días contados. Una ley aprobada por el Congreso esta misma legislatura (Ley 2/2024, de 1 de agosto) prevé su desaparición para ser integrada en la nueva Autoridad independiente para investigar accidentes e incidentes ferroviarios, marítimos y de aviación civil.

Sin embargo, la CIAF continúa operativa porque la nueva autoridad, aprobada hace un año y medio, en julio de 2024, aún no ha echado a andar. Y, hasta su constitución y la aprobación de sus estatutos, una disposición transitoria le habilita a seguir desempeñando sus funciones.

Primera ley económica de la legislatura

La reforma fue aprobada por el Congreso de forma definitiva hace apenas año y medio, en julio de 2024. Fue publicada en el Boletín Oficial del Estado (BOE) días después, ya en agosto.

Es, de hecho, de las pocas leyes aprobadas por las comisiones económicas en esta legislatura, especialmente afectadas por el bloqueo político y la difícil aritmética para sacar adelante iniciativas.

Pero para echar andar, el nuevo organismo requiere un estatuto orgánico que regule cuestiones como su régimen económico-financiero, el régimen de personal o su estructura orgánica.

En marzo del año pasado, el Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible sacó a audiencia pública un borrador de real decreto con una primera propuesta para este desarrollo reglamentario, que aún no ha sido aprobado por el Consejo de Ministros.

¿Qué cambios plantea la nueva ley?

La futura Autoridad concentrará las funciones que actualmente ejercen las tres comisiones existentes, que siguen operando de forma transitoria:

  • La Comisión de Investigación de Accidentes Ferroviarios
  • La Comisión Permanente de Investigación de accidentes e incidentes marítimos (CIAIM)
  • La Comisión de Investigación de Accidentes e Incidentes de Aviación civil (CIAIAC)

Para desempeñar sus funciones, la Autoridad quedará estructurada administrativamente en tres direcciones de investigación técnica, dedicada a cada uno de los tipos de accidentes.

Máxima transparencia. La ley regula el régimen de información durante la investigación, bajo el principio de “máxima transparencia”, y permitiendo el acceso a la información de las víctimas directamente relacionadas y las partes interesadas. La Autoridad está obligada a atender las necesidades de información de víctimas directamente relacionadas con la investigación, y dar cuenta de los progresos en la misma.

Equipo investigador. Cada accidente o incidente exigirá la constitución de un equipo dirigido por una persona investigadora encargada. Tanto esa persona como su equipo no podrá solicitar ni recibir instrucciones, y podrá requerir la colaboración de fuerzas y cuerpos de seguridad del Estado y de policías locales y autonómicas.

Ni culpables ni responsables. Las recomendaciones ni serán vinculantes ni pueden constituir presunción de culpa o de responsabilidad.

Plazo máximo: un año. Cada investigación concluirá con un informe técnico que analice las causas y contemple, en su caso, recomendaciones de seguridad. El plazo máximo para evacuar el informe es de doce meses a partir del accidente o incidente, con la posibilidad de ampliarse hasta seis meses más para completar correctamente la investigación. Ese caso exigirá la publicación de un informe provisional con avances de la investigación.

Carácter reservado. Testimonios de testigos, documentos que revelen la identidad de los mismos o información recabada de carácter sensible sólo podrá ser utilizada para los fines propios de la investigación.

Propuesta del Gobierno, veto del Congreso. El órgano de decisión de la Autoridad es su Consejo, encargado de aprobar los informes técnicos y la memoria anual del organismo. Está compuesto por la persona encargada de ocupar la presidencia y otros seis consejeros. Su nombramiento será a propuesta de la persona titular del Ministerio de Transportes, pero deberá contar con el aval de la Comisión del ramo en el Congreso.

Deberán tener dedicación exclusiva y estarán sometidos a un régimen de incompatibilidad absoluta para ejercer cualquier actividad profesional, pública o privada, esté retribuida o no. Y no sólo durante el ejercicio de su cargo, sino hasta dos años después de su cese.