El Ministerio de Trabajo y Economía Social no forzará el ritmo para aprobar la subida del salario mínimo interprofesional (SMI).
Después de una primera reunión este martes con sindicatos y patronales, el departamento que dirige Yolanda Díaz no tiene previsto volver a convocar a los agentes sociales hasta la vuelta del parón navideño. Y eso se traduce a después del Día de Reyes, el 6 de enero.
Fuentes del Ministerio explican que el paréntesis es una petición de los propios agentes sociales. Principalmente, la CEOE, que ha pedido un mayor margen, tanto por las fechas que vienen como por abrir un diálogo interno, pero también la UGT.
El retraso no supone problema alguno ni es novedad. La subida se aprobará con carácter retroactivo desde el 1 de enero, y en ocasiones anteriores se ha venido fijando a año pasado.
En el Ministerio creen que la subida se aprobará, a más tardar, a finales de enero o principios de febrero, pero la negociación sobre su alcance se cerrará mucho antes.
Posibilidades de acuerdo
La reunión del martes sirvió para recabar la opinión de sindicatos y patronal, que ya se habían pronunciado antes del encuentro. Tantear las posibilidades de un acuerdo. Los sindicatos plantean un alza del 7,5% si hay tributación frente al 1,5% de la patronal, bajo determinadas condiciones.
La propia regulación del SMI prevé que el suelo salarial debe ser fijado por la persona titular del Ministerio, una vez escuchadas las organizaciones empresariales y sindicales más representativas. A partir de ahora, Trabajo puede aprobarlo en Consejo de Ministros, si bien confían en poder alcanzar un acuerdo.
En Trabajo celebran la propuesta de la patronal, que ven como un aval a las subidas anteriores, efectuadas sin el plácet de los empresarios. Y, sobre todo, la predisposición que detectan del lado empresarial, que les comunicó, aseguran, que podrían discutir un posible acuerdo si se dan una serie de circunstancias.
Compensaciones y absorciones
Básicamente, un régimen de compensaciones y absorciones que le convenza. Trabajo y sindicatos defienden garantías para impedir legalmente que las empresas puedan amortiguar las subidas del SMI con pluses y complementos salariales previamente reconocidos.
Trabajo se opone taxativamente que una empresa pueda compensar la subida salarial con, por ejemplo, un plus de peligrosidad que se reconoce por una situación específica, pero ve margen para negociar. Y, recuerdan en el Ministerio, sobre la mesa está la trasposición de la directiva europea sobre salario mínimo, que regula esta materia. Acepta de buen grado el debate.
También comparte otra de las reivindicaciones de la patronal: poder adaptar los contratos públicos a la subida del SMI, una reforma de la Ley de Contratos Públicos a la que Hacienda se resiste (y que vetó la semana pasada en el Congreso, con el visto bueno de Sumar).
¿Y sobre la cuantía? La propuesta de los expertos es doble: 3,1% en el caso de que no tribute y un 4,7% si así lo hace. Son las dos opciones que el Ministerio pone encima de la mesa y sobre las que, no obstante, existe margen de negociación. La única línea roja es que el SMI no pierda poder adquisitivo.
Sintonía con Hacienda, no choque
Respecto a la cotización, el tono del debate, a diferencia de hace un año, no es de choque. Entonces Sumar llegó a registrar una proposición de ley en el Congreso –no fue el único grupo, también lo hicieron PP y Podemos—para librar de tributación al SMI. La solución llegó con un acuerdo entre los socios de Gobierno, que tramitaron una deducción como enmienda transaccional a la reforma del aseguramiento.
En el Ministerio de Trabajo están convencidos de que no habrá ningún problema con Hacienda. La propia vicepresidenta primera, María Jesús Montero, trasladó la semana pasada a los medios de comunicación su voluntad de facilitar el acuerdo en el diálogo social y en el seno de la coalición para asegurar que los trabajadores que cobren el SMI no pierdan poder adquisitivo y el impacto de la subida fuera asumible por las empresas.
Y, aunque aún no hay acuerdo cerrado en torno a la tributación, todo apunta a una extensión de la deducción prevista para asegurar que los trabajadores que cobren el SMI no pagan impuestos por estas rentas en el IRPF. No es lo ideal para Trabajo, que defiende fórmulas alternativas para evitar tramos marginales tan elevados, pero se da por satisfecho con la deducción.
¿Y en el último decreto-ley del año?
Hace un año, el Ministerio de Trabajo incluyó en el decreto-ley ómnibus una disposición legal para prorrogar la cuantía del SMI. Decayó en el Congreso, junto a una batería de medidas entre las que se encontraban, entre otras, actualizaciones tributarias y la subida de pensiones.
El Ministerio decidió emitir entonces una instrucción para evitar cualquier duda en torno a la vigencia del SMI, que muchas veces no se aprueba con una norma con rango de ley, sino a través de un decreto.
Esto ahora plantea en el Ministerio, que aún no han decidido si incorporar al decreto-ley que deba aprobarse en el último Consejo de Ministros del año, una disposición similar.