La CNMC pide estudiar opciones menos restrictivas antes de vetar los cigarrillos electrónicos desechables

La CNMC pide coordinar la nueva ley antitabaco con la normativa europea y analizar alternativas a la prohibición total de los cigarrillos electrónicos desechables.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado su informe sobre el anteproyecto de ley de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro, el consumo y la publicidad de los productos del tabaco, solicitado por el Ministerio de Sanidad, en el que plantea analizar alternativas menos severas antes de llegar a la prohibición de los cigarrillos electrónicos de un solo uso.

El borrador de Sanidad extiende a los nuevos productos relacionados con el tabaco las restricciones que ya pesan sobre el tabaco convencional, abarcando ámbitos como el consumo, la comercialización, la publicidad y el patrocinio.

La CNMC advierte de que uno de los inconvenientes es que “varias de las medidas planteadas no están contempladas en la regulación europea, actualmente en proceso de revisión”, por lo que aconseja estudiar la posibilidad de coordinar la tramitación de la normativa nacional con la comunitaria para reducir al mínimo los costes de adaptación para los operadores.

Revisión de las limitaciones a publicidad, promoción y patrocinio

En relación con el articulado del anteproyecto, el organismo propone examinar si hay opciones menos restrictivas que permitan alcanzar los objetivos de interés general sin necesidad de vetar por completo la categoría de producto de cigarrillos electrónicos desechables. “Todo ello, sin perjuicio de que el resultado de la valoración pueda finalmente ratificar que las restricciones estrictas, incluso la prohibición, son necesarias para el cumplimiento de los objetivos sanitarios y medioambientales perseguidos”, afirma.

Además, el supervisor insta a reconsiderar el alcance de las restricciones a la publicidad, la promoción y el patrocinio de los productos relacionados y de los dispositivos, con el fin de “respetar la neutralidad competitiva” entre los dos tipos de establecimientos implicados.

Por último, la CNMC señala que, si se opta por limitar la capacidad de promoción de los productos relacionados y de los dispositivos mediante topes al valor o precio de los bienes o servicios que se ofrezcan, “no debería realizarse una equiparación automática del régimen aplicable a los productos del tabaco, sino aplicar de forma individualizada los principios de buena regulación”.

Personalizar cookies