La CNMC pide revisar la ampliación a cinco años del periodo de actualización de los productos ortoprotésicos

La CNMC cuestiona ampliar a cinco años la actualización de productos ortoprotésicos y avala el fin del control de precios de material sanitario COVID-19.

Archivo - Image de recurso de una mujer en silla de ruedas.JESÚS HELLÍN / EUROPA PRESS - Archivo

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha instado a replantear la extensión hasta cinco años del periodo de revisión de los productos ortoprotésicos, al entender que no queda suficientemente demostrada la estabilidad del sector para justificar ese cambio.

El pronunciamiento llega tras estudiar el proyecto de Orden que modifica la regulación de la cartera común de servicios del Sistema Nacional de Salud (SNS) y el procedimiento para actualizar la oferta de productos ortoprotésicos incluidos en dicha cartera.

La iniciativa normativa ajusta el sistema de identificación de los productos ortoprotésicos financiados por el SNS a las exigencias de la Unión Europea, prevé alargar la renovación de la oferta de prestación ortoprotésica de tres a cinco años y contempla una implantación gradual de los cuatro bloques de la cartera común suplementaria (prótesis externas, sillas de ruedas, ortesis y ortoprótesis especiales).

La CNMC aconseja revisar el paso de tres a cinco años porque, en su opinión, no se acredita de forma suficiente la estabilidad empresarial que permitiría justificar un horizonte temporal más amplio. Además, subraya que se trata de un entorno muy dinámico, con innovaciones habituales, en el que un periodo excesivamente largo podría lastrar la actualización del catálogo y limitar la competencia efectiva entre las distintas soluciones disponibles.

El organismo apunta igualmente que resultaría oportuno analizar fórmulas alternativas de fijación de precios que refuercen la eficiencia y eviten posibles efectos restrictivos sobre el mercado, revisando para ello los mecanismos de actualización del catálogo, el cálculo de los Importes Máximos de Financiación (IMF) y las condiciones de acceso al mercado para nuevos operadores.

Nueva situación tras la normativa COVID-19

La segunda disposición examinada por la CNMC deja sin efecto la Orden SND/354/2020, que establecía precios máximos para mascarillas quirúrgicas e higiénicas, geles y soluciones hidroalcohólicas o antisépticos autorizados por la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios (AEMPS), así como para los test de antígenos de autodiagnóstico. Su derogación supone el fin de la intervención de precios que se mantenía desde 2020.

En este caso, la CNMC no formula objeciones, si bien recuerda que la situación de crisis sanitaria generada por la COVID-19 concluyó el 4 de julio de 2023 y que, en consecuencia, las medidas excepcionales adoptadas durante la pandemia debían haberse aplicado únicamente mientras persistieran las circunstancias que las originaron.

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