El Gobierno da luz verde al real decreto que asegura la sanidad pública a inmigrantes en situación irregular

El nuevo real decreto simplifica trámites y refuerza la sanidad universal para inmigrantes irregulares, colectivos vulnerables y españoles en el extranjero.

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La ministra de Sanidad, Mónica García, durante una rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Ministros, en el Palacio de la Moncloa, a 9 de diciembre de 2025, en Madrid (España). A. Pérez Meca - Europa Press

La ministra de Sanidad, Mónica García, durante una rueda de prensa tras la reunión del Consejo de Ministros, en el Palacio de la Moncloa, a 9 de diciembre de 2025, en Madrid (España). A. Pérez Meca - Europa Press

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El Consejo de Ministros ha dado este martes el visto bueno a un nuevo Real Decreto (RD) que blinda el acceso a la atención sanitaria pública para las personas extranjeras que residen en España sin autorización de residencia, con el objetivo de reforzar la universalidad del Sistema Nacional de Salud (SNS) y suprimir trabas administrativas.

La iniciativa, impulsada de forma conjunta por el Ministerio de Sanidad y el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, busca corregir las diferencias de aplicación y la carga burocrática derivadas del Real Decreto-ley 7/2018, aprobado por el Gobierno de Pedro Sánchez para restaurar el acceso universal que había quedado restringido con el Real Decreto-ley 16/2012 del Ejecutivo del Partido Popular presidido por Mariano Rajoy.

El nuevo real decreto reduce al mínimo los trámites para reconocer el derecho a la asistencia sanitaria, que se articulará a través de una declaración responsable. Mediante este documento, la persona interesada afirma que no dispone de cobertura sanitaria por ninguna otra vía, que no puede exportar ese derecho desde otro país y que no existe un tercero obligado a asumir el coste de su atención.

Desde el momento en que se presente la solicitud, se entregará a la persona un documento provisional que permitirá el acceso inmediato a la sanidad pública en todas las comunidades autónomas.

Junto a la declaración responsable, será necesario acreditar la residencia en España. El empadronamiento seguirá siendo el medio preferente, pero el procedimiento se hace más flexible al admitir otros elementos probatorios, como certificados de escolarización o matriculación en centros públicos; informes de servicios sociales o certificados de registro de visitas; facturas de luz, gas, agua, telefonía o Internet a nombre de la persona solicitante; así como cédulas de inscripción o documentos de inscripción consular.

La Administración dispondrá de un plazo máximo de tres meses para dictar y comunicar la resolución. Si no se notifica respuesta en ese tiempo, la petición se considerará estimada por silencio administrativo. Una vez reconocido el derecho, el documento de asistencia sanitaria carecerá de fecha de caducidad mientras no se obtenga cobertura por otra vía.

Asimismo, se prevé que las administraciones competentes inicien el expediente de oficio cuando la persona interesada no esté en condiciones de hacerlo en un primer momento. Igualmente, se contemplan apoyos y formatos de lectura fácil para que las personas con discapacidad puedan entender y firmar la declaración responsable en igualdad de condiciones.

Protección reforzada para colectivos vulnerables

El real decreto garantiza un acceso inmediato y efectivo a la sanidad pública para determinados colectivos que requieren una protección específica, con independencia de su situación administrativa.

Entre los grupos beneficiarios figuran los menores de edad; las mujeres embarazadas, que tendrán derecho a asistencia durante el embarazo, el parto y el posparto, así como a la interrupción voluntaria del embarazo; y las víctimas de violencia de género, violencias sexuales y trata de seres humanos.

El derecho a la atención sanitaria pública se amplía también a las personas solicitantes de protección internacional o temporal. Para quienes se encuentren en situación de estancia temporal y precisen asistencia, la norma regula un informe de acreditación de especial vulnerabilidad, que será emitido por los servicios sociales de las comunidades autónomas.

Además, se refuerzan las medidas para que las personas con discapacidad cuenten con formatos accesibles y con el apoyo necesario para poder completar sus gestiones en igualdad de condiciones.

Españoles residentes en el extranjero

El real decreto extiende igualmente el derecho a la asistencia sanitaria pública a las personas españolas de origen que residen en el extranjero durante sus desplazamientos temporales a España.

Hasta ahora, este derecho se limitaba a pensionistas o trabajadores. Con la nueva regulación, se amplía a todos los españoles de origen y a sus familiares, incluidos cónyuges, parejas de hecho y descendientes a cargo, siempre que no dispongan de la cobertura prevista en convenios internacionales o en la normativa de seguridad social.

Con el fin de garantizar un uso adecuado de los recursos públicos, la norma fija mecanismos de control claros sobre las prestaciones recibidas. Si la solicitud es finalmente denegada, se procederá a facturar la asistencia sanitaria prestada. No obstante, no se emitirá facturación si la persona acredita después que, en el momento de recibir la atención, sí cumplía los requisitos materiales exigidos.

En los casos en que se detecte inexactitud o falsedad en la declaración responsable, el documento provisional quedará anulado de inmediato. En estas situaciones, la Administración podrá reclamar el reintegro del importe total de las prestaciones sanitarias obtenidas desde el inicio del procedimiento.

Cambios en el copago ortoprotésico

Por otro lado, el real decreto introduce modificaciones en el sistema de copago ortoprotésico, de forma que las personas ya exentas del copago en la prestación farmacéutica ambulatoria queden también exentas del copago de los productos ortoprotésicos. Entre los beneficiarios se encuentran, por ejemplo, pensionistas con rentas bajas, personas con discapacidad y otros colectivos en situación de especial protección.

Con la entrada en vigor de este real decreto, prevista para el día siguiente a su publicación en el BOE, el Gobierno da un paso más en la consolidación efectiva del principio de universalidad del Sistema Nacional de Salud, asegurando que el derecho a la protección de la salud se ejerza en condiciones de igualdad, cohesión territorial y equidad.