El Ministerio de Sanidad ha difundido dos estudios jurídicos que sostienen que integrar las remuneraciones y la jubilación de los trabajadores de salud en el Anteproyecto de Ley del Estatuto Marco podría significar una usurpación de funciones de otras dependencias gubernamentales.
Estos análisis fueron revelados después de que se supo que los sindicatos representativos en el Ámbito de Negociación (SATSE-FSES, FSS-CCOO, UGT, CSIF y CIG-Saúde) decidieron no participar en la convocatoria hecha por Sanidad para discutir el Estatuto Marco el próximo jueves.
Los sindicatos demandan que las conversaciones se retomen a partir del 16 de septiembre con una versión revisada del anteproyecto que contemple las sugerencias de las comunidades autónomas. Además, exigen la inclusión en el Estatuto de un nuevo esquema de clasificación profesional y opciones de jubilación voluntaria, ya sea anticipada o parcial.
Desde el Ministerio esperan que los representantes sindicales asistan finalmente a la reunión, pero recalcan que no se tratarán temas como las retribuciones o la jubilación, «que, aunque han sido planteadas por los sindicatos del ámbito, no competen a este departamento».
El primer informe, emitido en marzo y realizado por la Subsecretaría Secretaría General Técnica de Sanidad, evalúa si es viable añadir en el Anteproyecto cláusulas sobre una posible adaptación del sistema de jubilación anticipada para médicos, basada en el total de horas extras trabajadas.
El documento concluye que el Anteproyecto de Ley del Estatuto Marco no debe regular una modificación del sistema de pensiones que permita la acumulación de horas extra para la jubilación anticipada del personal médico. «Esta es una materia propia de la normativa de seguridad social correspondiendo su negociación a los foros establecidos al efecto, y el impulso de los textos resultado de dicha negociación, al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones».
Además, indica que tal modificación también implicaría un «cambio de regla general» en el régimen de jubilación en España, necesitando un análisis integral para todos los sectores laborales. «En este sentido, el artículo 26.4 del vigente Estatuto Marco establece la remisión a la legislación de Seguridad social» para la jubilación del personal estatutario, añade.
El mismo informe sugiere que la profesión médica sea considerada de riesgo, aunque esto no debería regularse en el Estatuto por ser competencia de la normativa de seguridad social y laboral. «De nuevo su impulso, y negociación, corresponderían al Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, en conjunto con el Ministerio de Trabajo y Economía Social», explica.
En cuanto al segundo informe, emitido en abril, se cuestiona si se deben incluir cláusulas sobre una posible adaptación del sistema retributivo en el Anteproyecto, relacionada con la equivalencia de grupos entre los artículos 6 y 7 y los clasificados para funcionarios públicos en el Real Decreto Legislativo 5/2015. El documento señala que tal adaptación debería ser gestionada por el Ministerio de Hacienda, ya que «Dicha adaptación sería contenido propio de la Ley de Presupuestos Generales del Estado correspondiendo su impulso al Ministerio de Hacienda, siguiendo la tramitación propia de este tipo de leyes tal y como se desarrolla de forma extensa en el punto II del informe». Por último, advierte que regular las retribuciones podría violar el principio de seguridad jurídica.