La CNMC impugna la exclusividad de farmacias en la venta de test de Covid-19 y pruebas de embarazo

La CNMC recurre ante la Justicia el decreto que reserva a las farmacias la venta de test de autodiagnóstico y prohíbe su distribución en máquinas expendedoras.

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La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha presentado un recurso contencioso-administrativo contra varias disposiciones del Real Decreto 942/2025, que regula los productos sanitarios de diagnóstico 'in vitro' y reserva en exclusiva la comercialización de los productos de autodiagnóstico, como los test de Covid-19 y las pruebas de embarazo, a las oficinas de farmacia y a sus páginas web.

Tal y como ha explicado el organismo en una nota pública, el recurso también se dirige contra el precepto del real decreto que veta la venta de este tipo de productos mediante máquinas expendedoras, pese a que la misma norma sí autoriza este canal para otros productos sanitarios que no requieren receta médica.

Para la CNMC, estas restricciones resultan "desproporcionadas", ya que "reducen la competencia de forma innecesaria, pueden elevar los precios, restringen el acceso a estos productos y limitan los puntos de distribución, lo que puede dificultar la gestión de situaciones excepcionales de alta demanda con riesgo de desabastecimiento".

En su análisis, el organismo sostiene que las exigencias de seguridad, conservación y trazabilidad pueden garantizarse igualmente en otros establecimientos que ya están sometidos a fuertes requisitos para la venta de productos sanitarios, como las parafarmacias o determinadas droguerías. Añade que los prospectos incluyen la información de uso esencial, que puede completarse con el consejo profesional en farmacias o en centros de salud.

La CNMC subraya que, en numerosos países, los test de autodiagnóstico se comercializan en supermercados, parafarmacias, droguerías o a través de plataformas 'online', lo que favorece una mayor disponibilidad, incrementa la competencia y presiona a la baja los precios. A su juicio, esta diversidad de canales también permite reaccionar con más rapidez y reducir los riesgos de desabastecimiento en episodios de fuerte demanda, como ocurrió durante la pandemia de Covid-19.

En la misma línea, el organismo rechaza que la venta 'online' de estos productos se limite exclusivamente a las webs de las farmacias, dejando fuera a intermediarios o 'marketplaces', incluso cuando los vendedores sean establecimientos debidamente autorizados para su distribución.

Además, la CNMC califica de "excesivo" el veto a la venta mediante máquinas expendedoras, incluso cuando estén ubicadas en farmacias, porque suprime un canal de acceso "especialmente útil" fuera del horario habitual de apertura. "Este canal podría cumplir con las condiciones de seguridad, conservación y trazabilidad que se exigen con otros productos sanitarios o alimentarios", concluye el organismo.